El intendente Federico Achával firmó ayer los decretos que regularán una “acotada” reapertura de la actividad industrial, comercial y social. Puntualmente, el Ejecutivo estableció los casos de la industria, el comercio de proximidad y los barrios privados (ver página 3).
Para esta nueva etapa el jefe comunal pidió la “máxima responsabilidad y compromiso de los distintos sectores de la sociedad” y destacó que “hasta ahora, los resultados fueron contundentes: la curva de contagios en Argentina es mucho menor a la de otros países. Eso, significa nada más y nada menos que haber salvado vidas.”
Con respecto a los tres decretos (protocolo para comercios, industrias y barrios cerrados), Achával volvió a apuntar que “la prioridad es la salud, seguimos estando en aislamiento, herramienta con la que hemos logrado muchísimo. Como dijo el Presidente, un error se paga en vidas y es fundamental no arriesgar lo logrado hasta ahora”.
Tal como El Diario había adelantado en forma exclusiva en su edición del domingo, en la industria y el comercio empezarán a funcionar ciertos rubros específicos. Las empresas deberán confeccionar un plan de trabajo con medidas preventivas, que además de garantizar las condiciones internas de salubridad, presenten soluciones que atiendan al desplazamiento de los trabajadores, evitando el uso del transporte público. Es decir, deberán procurarse traslado propio.
Cada industria solicitante deberá procurarse una dotación mínima y presentar la nómina total de sus trabajadores afectados a la actividad. Allí deberá indicarse nombre, apellido, DNI, domicilio, teléfono y cobertura social de cada uno de ellos. A su vez, cada trabajador deberá presentar una declaración jurada en la que manifieste que no se encuentra comprendido entre los grupos de riesgo, al igual que las personas con las que convive.
Además los empleados deben contar con domicilio real en el distrito, a fin de evitar la circulación entre Partidos. Serán la Secretaría de Salud y la Dirección de Infectología del Municipio quienes darán las autorizaciones en los casos que corresponda.
Además, las empresas deberán dejar constancia de contratación de una compañía aseguradora de riesgo de trabajo (ART), en la que se indique la nómina de trabajadores y si la misma cubre las contingencias laborales provocadas por el COVID-19.



