Este agosto de 2025, ciertas multas ya no podrán cobrarse debido a la prescripción establecida por la Ley Nacional de Tránsito. Esta medida consiste en la extinción del derecho del Estado de exigir su pago una vez transcurrido un plazo determinado.
Lo que no solo protege a los automovilistas de cobros excesivos o antiguos, sino que también fomenta una gestión más ordenada y transparentes. Es decir que, si la sanción supera un tiempo específico sin que haya sido reclamada o abonada, la obligación de hacerlo caduca y el conductor queda liberado de la deuda.
¿Qué multas de tránsito ya no pueden reclamarse?
En Argentina, la prescripción de las multas depende de la jurisdicción y de la gravedad de la infracción. Según la Ley N° 24.449, las faltas leves prescriben generalmente a los dos años, mientras que las graves lo hacen a los cinco. Sin embargo, cada provincia puede adaptar estos plazos:
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires: faltas leves a 2 años, graves a 5 años.
- Provincia de Buenos Aires: 2 años para leves, 5 años para graves.
- Córdoba: 3 años para todas las infracciones.
- Chaco: 2 años para leves, 5 años las graves.
- Chubut: 6 meses para faltas sin iniciar procedimiento, 1 año con procedimiento iniciado y 2 años con sentencia firme.
- Catamarca: 2 años las leves, 3 años las graves.
- Corrientes: 2 años para todas las faltas.
- Entre Ríos: 5 años para todas las faltas.
- Formosa: 1 año para las leves, 2 años para las faltas graves.
- Jujuy: 5 años para todas las faltas.
- La Pampa: 5 años para todas las faltas.
- La Rioja: 5 años para todas las faltas.
- Mendoza: 2 años para las leves, 3 años las graves.
- Misiones: 5 años para todas las faltas.
- Neuquén: 3 años para todas las faltas.
- Río Negro: 5 años para todas las faltas.
- Salta: 5 años para todas las faltas.
- San Juan: 2 años para todas las faltas.
- San Luis: 5 años para todas las faltas.
- Santa Cruz: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Santa Fe: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Santiago del Estero: 2 años (leves), 5 años (graves)
- Tierra del Fuego: 2 años para todas las faltas.
- Tucumán: 2 años (leves), 5 años (graves).
Una vez alcanzado el plazo, los organismos de tránsito ya no pueden exigir el pago de la multa ni iniciar acciones legales para cobrarla. Es importante destacar que este periodo puede interrumpirse en casos específicos, como la comisión de faltas graves o procesos judiciales vinculados a la infracción, lo que reinicia el conteo.
Todos los valores de las multas en Provincia
- Exceso de velocidad (de 150 a 1000 UF): entre $215.250 y $1.435.000.
- Conducir con exceso de alcohol en sangre o por consumir estupefacientes (de 200 a 1000 UF): entre $287.000 y $1.435.000.
- Conducir sin seguro (de 50 a 100 UF): de $71.750 hasta $143.500.
- Circular en contramano o por banquina (de 200 a 1000 UF): de $283.200 y $1.435.000.
- Pasar un semáforo en rojo (de 100 a 500 UF): entre $143.500 y $717.500.
- Mal estacionamiento (de 50 a 100 UF): de $71.750 hasta $143.500.
- No utilizar el cinturón de seguridad (de 100 a 500 UF): entre $143.500 y $717.500.
- Conducir sin patente (de 50 a 100 UF): de $71.750 a $143.500.
- Negarse a mostrar la documentación exigida (de 100 a 500 UF): entre $143.500 y $717.500.
- Circular sin VTV (de 100 a 500 UF): entre $143.500 y $717.500.