Ninguna de las empresas de Tecnología de Información y la Comunicación (TIC) que presta servicios en Pilar presentó, este mes, sus planes de soterramiento de cables en el centro de la ciudad, tal como se esperaba. Ahora tendrán otra oportunidad.
Una nueva interpretación de la ordenanza sancionada a mediados del año pasado, establece que los 180 días que se les otorgaron a las compañías para contar cómo terminarán con la selva se cables son en realidad hábiles y no corridos, como se tomaba en principio.
Por eso, el plazo, que originalmente vencía el 2 de febrero, dará ahora tiempo hasta el 21 de mayo, descontando los fines de semana y los feriados en el medio.
“Son días hábiles, no corridos. Lo vimos con Legales para rechequear y siempre que no se especifique ‘corridos’, para la administración pública corren días hábiles”, le explicó a El Diario el secretario de Servicios Públicos del Municipio, Eduardo Villar.
Según el artículo 17 de la Ordenanza N° 0233/2018 “en todo el distrito de Pilar será obligatorio el cableado subterráneo, debiendo las empresas TIC cumplir con los siguientes plazos: las empresas que actualmente se encuentren prestando servicios en el cuadrante delimitado por las calles Ituzaingó, Pedro Lagrave, San Martín e Independencia de la localidad de Pilar, deberán presentar en el plazo de 180 días de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, un plan de trabajo para el soterramiento del cableado”.
Y sigue: “Dentro de los 24 meses de la entrada en vigencia de la presente ordenanza deberán presentar un plan de adecuación para el soterramiento del cableado existente o a instalar en todos los centros urbanos del distrito”.
Por último, establece que en 10 años -para mediados del 2028- todos los cables del distrito deberán estar bajo tierra.
Los legisladores obviaron el uso de la palabra “corridos” y habilitaron así a las empresas a una extensión de casi tres meses en los plazos: del 2 de febrero que debió vencer, al 21 de mayo.
“La ordenanza nombra ‘días de cumplimiento’ en diferentes artículos. Solo en uno habla de ‘corridos’, con lo cual se cursaron intimaciones por la mínima, es decir por los 180 días corridos, refiriendo a toda la ordenanza, para que las Empresas tomen conocimiento”, señaló Villar.
Una vez que las empresas presenten sus planes de soterramiento recién se conocerá qué tiempos se darán ellas mismas para concretar las obras. Es que la ordenanza pone plazos para elaborar los estudios pero no para poner los cables bajo tierra.




