Provincia anticipa “reglamentación muy estricta” de la ley de hábitat

El jefe de Gabinete dijo que se buscará garantizar la propiedad privada. De Narváez pidió a Scioli que la vete y amenazó con ir a la Justicia. La norma obliga a futuros emprendimientos a ceder tierras.

1 de diciembre de 2012 - 00:00

El jefe de gabinete de la Provincia de Buenos Aires, Alberto Pérez, anticipó ayer que el gobierno aplicará una “reglamentación muy estricta” de la ley de Hábitat, que obliga a los nuevos emprendimientos inmobiliarios a ceder el 10% de sus tierras para viviendas sociales.

“Vamos a hacer una reglamentación muy estricta porque nosotros coincidimos con el espíritu general de la Ley pero tenemos que ser muy taxativos en que se cuide la propiedad privada y que no se afecten derechos adquiridos”, subrayó Pérez en declaraciones a Radio Continental.

“Estamos viendo si a través de una reglamentación rigurosa lo podemos establecer, yo creo que sí, pero al espíritu de la ley, que es crear tierras sociales, se le tiene que sumar en forma paralela el respeto a la propiedad privada y los derechos adquiridos”, sostuvo Pérez.

“Es fundamental enviar ese mensaje: las dos cosas tienen que ir atadas”, subrayó el funcionario.

Fue una suerte de respuesta a los sectores políticos y empresariales que discuten la constitucionalidad de la norma convertida en ley el último jueves por el Senado Bonaerense.

“Queremos ver bien cómo terminó sancionada la ley y reglamentarla para que se cuide su espíritu que es generar recursos para que haya más tierras y viviendas sociales que necesita la Provincia y sobre todo el conurbano, pero también para que se respete, porque para nosotros es fundamental, el derecho a la propiedad privada y los derechos adquiridos”, reiteró.

Asimismo, Pérez remarcó que el objetivo del Ejecutivo provincial es que “quede claro en la ley y en su reglamentación para también seguir incentivando la inversión en la Provincia que la necesitamos y mucho”.

 

Por carta

Ayer, el diputado nacional Francisco de Narváez, le envió una carta al gobernador Daniel Scioli solicitando que vete la norma, a la que tilda de “inconstitucional”.

“Detrás de argumentos supuestamente solidarios se identifica con claridad la matriz ideológica que invade este proyecto”, sostiene la misiva.

La norma dispone una cláusula para que los grandes emprendimientos inmobiliarios –clubes de campo, barrios cerrados, cementerios privados, entre otros– que se desarrollen en la provincia estén obligados a ceder el 10 por ciento de las tierras o abonar una “compensación monetaria” para la construcción de viviendas sociales.

Establece, además, una imposición de hasta el 33% para cualquier vivienda o terreno cuyos valores aumenten a raíz de obras o cambios de zonificación.

Uno de los abanderados en contra del proyecto, fue el desarrollador de Nordelta, Eduardo Constantini, quien  consideró que “es demasiada la cesión” y que a su criterio “hay una doble imposición”.

Entre otras consideraciones, dijo que está de acuerdo con la finalidad de la ley, aunque dijo que su aplicación es poco eficaz, porque estipula un aumento en el impuesto inmobiliario únicamente sobre los terrenos y no sobre las casas que ya están construidas. “Me parecía mucho mejor dar un aumento menor pero aplicado a todos”.

 

 

La frase

“La Ley de Acceso Justo al Hábitat vino a traer soluciones al déficit habitacional que hay en la provincia de Buenos Aires, no vino a sacarle tierra a los countries, a los barrios cerrados. Hay que quitar los fantasmas”, del senador provincial del Frente para la Victoria, Luciano Martini.

 

 

La legislación en otros países
En el primer mundo también se consigue

  La cesión de tierras que la nueva ley provincial exigirá a los inversores para construir viviendas sociales tiene también su correlato en otros países, incluso en los del llamado “primer mundo”.

El sitio de noticias chequeado.com difundió una serie de casos en la región y en Europa.

• El Estatuto de la Ciudad, de Brasil, establece una cesión obligatoria del 10 por ciento del terreno.

• La Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible, aprobada en 2008 en Uruguay, no plantea porcentajes sino que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación todos los terrenos del país.

• Según Raquel Rolnik, relatora de la ONU, “en Gran Bretaña, cada urbanización privada debe aportar el 30% de la superficie de tierra para viviendas de sectores de bajos ingresos”.

• En Alemania, el desarrollador está obligado a reservar un porcentaje del proyecto para vivienda social, en coordinación con la municipalidad local.

• En España, en tanto, todo nuevo proyecto urbano debe prever que un 30% del terreno sea afectado a vivienda protegida.

• En Flandes (Bélgica), un reciente decreto establece que para proyectos de más de 10 casas o 50 departamentos, no menos del 20% debe ser dedicado a vivienda social.

• En Francia, en tanto, es obligación disponer al menos un 20% de vivienda social en municipalidades de más de 3.500 habitantes.

 

 

 

 

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