El ministerio de Trabajo bonaerense multó la country Los Lagartos de Pilar por obstruir el proceso de inspección que lleva adelante para fortalecer la registración de las y los trabajadores de casas particulares.
El ministerio de Trabajo bonaerense multó la country Los Lagartos de Pilar por obstruir el proceso de inspección que lleva adelante para fortalecer la registración de las y los trabajadores de casas particulares.
Se trata de la segunda multa aplicada a una urbanización del distrito luego de la multa que recibió este año en country Martindale, de Derqui. En este caso, no se dio a conocer la identidad del infractor.
Desde el ministerio se informó que si bien las y los empleadores son los propietarios de las viviendas, la multa recae sobre la administración del country por obstrucción en el acceso a la información requerida. En este caso asciende a los $3.554.025.
A la vez, recordaron que desde 2021, la cartera laboral provincial despliega diferentes estrategias para erradicar la informalidad en el sector y lograr la regularización de los trabajadores. En ese marco, se desarrollaron inspecciones en los countries, donde se requirió a las administraciones presentar los registros de ingreso y egreso de personas con el objetivo de determinar cantidad de trabajadoras y trabajadores que prestan servicio en dichos lugares, número de días y horas de su jornada laboral y su situación registral.
El objetivo de estos controles es que las y los dueños de casas registren a quienes cumplen tareas laborales y presenten la debida información ante el ministerio de Trabajo para el alta en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares, bajo apercibimiento de aplicar sanciones.
Pese a que un grupo de este tipo de barrios intentó objetar las facultades de la Subsecretaría para esas tareas, desde el Ministerio se destacó que el área puede “requerir toda la información necesaria para el cumplimiento de su función y realizar cualquier experiencia, investigación o examen”, según lo establecido por artículo 7° del Anexo II del Pacto Federal del Trabajo, al tiempo que se especificó que para el tratamiento de datos personales no será necesario el consentimiento del titular cuando “se recaben para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal”, según lo establece la Ley Nº25.326.