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Universidad de Pilar: esta semana se promulgaría la ley

Se espera la firma del Presidente Alberto Fernández. Si no ocurre, el jueves quedará vigente de hecho. Los pasos que siguen para la puesta en marcha de la casa de estudios.

Por Diego Schejtman 9 de octubre de 2023 - 17:42

Esta semana entraría finalmente en vigencia la ley que crea la Universidad Nacional de Pilar, sancionada por el Congreso tras su aprobación en la Cámara de Senadores en la madrugada del pasado 29 de septiembre.

El presidente Alberto Fernández tiene por delante la promulgación de la norma, para lo que deberá firmar el correspondiente decreto luego deberá ser publicado en el boletín oficial.

De todos modos, aunque eso no pase, la ley entraría en vigencia de igual forma. Esto será así mediante una “promulgación de hecho” prevista para el caso de que el presidente no se pronuncie pasados diez días hábiles desde que se le comunicó la norma. Si esto ocurriera, la ley se promulga automáticamente.

En ambos casos, se publica luego en el Boletín Oficial y entra en vigencia de acuerdo con los plazos legales.

El mismo viernes 29 de septiembre, el Senado le asignó el número 27.728 a la ley que crea la Universidad de Pilar y la remitió al Ejecutivo. El próximo jueves 12 de octubre, por lo tanto, se cumplirán los 10 días hábiles de ese hecho y -de no mediar veto ni promulgación-, la creación de la universidad regirá de hecho.

Audiencias

Guido Bordachar, uno de los referentes cercanos del intendente Federico Achával, reveló este lunes que el jefe comunal está tramitando audiencias con funcionarios del Ejecutivo nacional en busca que impulsar los pasos que faltan para que la universidad entre en marcha.

“El intendente llama por teléfono absolutamente a todos los conocidos y gente que tiene algún nivel de responsabilidad, insistiendo, pidiéndole audiencia, tratando de empujarlo desde distintos lugares”, dijo en una entrevista con FM Esudio 2. Pero sostuvo que la tramitación está “dentro de los tiempos normales”.

En ese sentido, señaló que “en simultáneo se va trabajando con los distintos organismos como la (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) Coneau y el Ministerio de Educación, tratando de tener todo listo para que en cuanto esté la firma del presidente rápidamente se disparen todos los distintos mecanismos que hay que llevar adelante para poder empezar con una universidad en términos de normalización”.

Algunos de los pasos que vienen tras la promulgación serán:

  • El Ministerio de Educación de la Nación debe asignar una partida presupuestaria para el funcionamiento del primer año de la universidad y, luego, el presupuesto de la universidad será incluido en el Presupuesto Nacional.
  • El Poder Ejecutivo nacional nombrará a un rector “organizador” que tiene como función poner los primeros cimientos para que empiece a marchar la universidad y generar las condiciones materiales para su funcionamiento. Además, debe garantizar la creación de los órganos de gobierno y la estructura normativa para que la universidad pueda “normalizarse”, eligiendo a sus autoridades.
  • El rector organizador debe realizar la solicitud de puesta en marcha de la universidad ante el Ministerio de Educación de la Nación y tiene que presentar el Proyecto Institucional y el estatuto provisorio a la CONEAU para su aprobación.
  • Una vez que CONEAU apruebe el proyecto institucional, el Ministerio de Educación de la Nación tiene que dar la autorización para la puesta en funcionamiento. Cuando esto se concreta, pueden empezar a ofrecerse las carreras, iniciar las inscripciones y comenzar la vida universitaria. El proceso de normalización de la universidad puede realizarse en paralelo al desarrollo de la actividad académica que se inicie, o después de iniciada.

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