Con el fantasma de las últimas inundaciones aun rondando en los barrios cercanos al río Luján y sus afluentes, el Concejo Deliberante analiza un proyecto que propone crear un fondo permanente para subsidiar a los afectados por el agua.
El llamado “Fondo de Emergencia para Afectados por Inundaciones” se financiará con al menos el 0,5% de la recaudación de la tasa de Mantenimiento de la Vía Púbica y Servicios generales. Si se aplicara el año que viene, sería de algo más de 2,7 millones de pesos.
La iniciativa fue presentada por el concejal massista Adrián Maciel en los últimos días y será analizada antes de que termine el año, y buscará ser aprobada en el recinto.
El proyecto establece que el fondo servirá para “atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos y/o cualquier otra catástrofe de índole natural que provoquen anegamientos, inundaciones y pérdidas materiales”.
Sus beneficiarios serán los afectados que a causa de las catástrofes sufran pérdidas o daños de bienes muebles, inmuebles y registrables.
Los subsidios que se otorguen tendrán por objeto financiar “total o parcialmente la reparación de viviendas o comercios afectados, reparación o compra de bienes muebles registrables que hayan quedado inutilizados y reposición de mercancías perdidas o dañadas en comercios”.
Según la reglamentación, los afectados deberán solicitar el subsidio “dentro de los treinta días hábiles de producido el daño”.
“A tales efectos, la autoridad de aplicación (que será la secretaría de Economía y Hacienda del Municipio) habilitará una página web a fin de que los damnificados soliciten los turnos para iniciar sus reclamos”, explica el texto.
“Las solicitudes –continúa- serán presentadas en las Unidades de Desarrollo Social. Acto seguido, se procederá a realizar la verificación del o los daños ocasionados y determinará el monto de subsidio a otorgar, previo dictamen de los organismos técnicos competentes.”
A su vez, la autoridad de aplicación tendrá treinta días para verificar que se cumplan los requisitos del solicitante. “Vencido dicho término sin que se haya efectuado la verificación, la existencia y causas de las pérdidas declaradas por el interesado se considerarán reconocidas por la Municipalidad de Pilar y expedito el pago del subsidio que se determine”, estipula.