Detenido en Manzanares

Por prescripción de la causa, fue sobreseído un docente acusado de abusar de sus alumnos

Había sido arrestado en su casa en diciembre. Tiene 42 años y se desempeñaba en la municipalidad de Pilar, de donde ya fue desvinculado. Se probó la existencia de al menos tres víctimas.

13 de febrero de 2025 - 10:53

El pasado 19 de diciembre, un profesor pilarense de 42 años fue detenido en un barrio cerrado de Manzanares acusado de haber abusado de al menos tres alumnos cuando trabajaba en una escuela en la Ciudad de Buenos Aires. En las últimas horas, el tribunal interviniente determinó la prescripción de la acción penal por el tiempo transcurrido.

Hasta el momento de su detención, el hombre identificado con las siglas J.G. se desempeñaba como Director General de Soberanía Alimentaria y Biodiversidad de la Municipalidad de Pilar, cargo del que ya fue desvinculado.

Las investigaciones se iniciaron a partir de la denuncia de una de las víctimas que actualmente reside en España. En su declaración, la mujer afirmó haber padecido los abusos durante los años en los que estudiaba en un colegio primario del barrio porteño de Colegiales, donde el hombre trabajaba como profesor de arte.

Con el avance de la investigación, se descubrió la existencia de otras dos víctimas -aunque los casos podrían llegar a ser siete-, todas ellas mayores de edad en la actualidad. Los abusos habrían sido cometidos tanto en la casa de los padres del ahora detenido como en el propio colegio y en campamentos realizados en Villa Gesell.

La extinción de la acción penal fue determinada por la Sala de Feria B de la Cámara Nacional Apelaciones en lo Criminal y Correccional que, en un fallo por mayoría, con los votos de los jueces Hernán López y Magdalena Laíño. En tanto que el magistrado Julio Marcelo Lucini votó en disidencia argumentando que el plazo para que las víctimas de un abuso sexual infantil realicen la denuncia debe comenzar a contarse desde que cumplan su mayoría de edad.

Frente a esta resolución, una de las víctimas adelantó que apelará el fallo y que recurrirá a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Ninguno de los fiscales y jueces que intervinieron hasta el momento dijeron que J. G. no había cometido los hechos que denuncié y que, por otro lado, están probados en el expediente”, afirmó.

En el voto donde argumentó la prescripción, el juez López explicó: “Desde el momento en que dejaron de cometerse [los abusos denunciados] hasta el primer llamado a indagatoria, 11 de diciembre pasado- transcurrieron holgadamente los 12 años que prevé el artículo 62, inciso 2, del Código Penal-, por lo que, contándose con el informe de antecedentes del imputado del Registro Nacional de Reincidencia, emito mi voto por revocar la decisión cuestionada, declarar la prescripción de la acción penal respecto de J. G. y sobreseerlo en los términos del artículo 336, inciso 1°, del Código Procesal Penal de la Nación”. La fundamentación fue apoyada por su colega Laíño.

Mientras que el juez Julio Marcelo Lucini, en discordancia, advirtió que: “Las edades de las víctimas al momento del acaecimiento de los hechos (11 y 12 años; entre nueve o diez, y 14) torna aplicable la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Ley N° 23.849 sancionada el 27 de septiembre de 1990 y promulgada el 16 de octubre del mismo año, que estableció en su artículo 19 que ‘los Estados partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo’, al tiempo que en su artículo 3.1 dispuso: ‘en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño’. Por lo tanto, resulta necesario decidir si debemos priorizar reglas del Derecho Internacional o del interno de nuestro país”.

“Hasta tanto adquiera mayoría de edad quien fuera víctima de un delito que afecte su libertad sexual -continuó-, lo cual importa la posibilidad cierta de tener capacidad para denunciar, no empezará a correr el plazo para que opere la prescripción de la acción penal con relación a sus posibles autores”.

En cuanto a la posibilidad de que se realice un “juicio por la verdad”, instancia destinada a determinar la verdad sin responsabilidades penales para los imputados, la jueza Laíño explicó: “Ninguno de los extremos que nutren la posible realización de un ‘juicio por la verdad’, son desconocidos. Aquí no existe un desconocimiento acerca de lo que le pasó. Los damnificados identificaron a su agresor, describieron qué acciones habría concretado, cuándo y dónde, y todo ello configuró la base de sus denuncias. Saben qué es lo que pasó, y lo manifestaron, brindando específicos y vividos detalles de todo lo padecido. No hay ninguna incógnita por develar. En suma, no existe argumento alguno que amerite la habilitación de una instancia jurisdiccional -con el alcance que sea y en el fuero que sea- para que, quien se presenta como víctima pueda acceder a la determinación de la verdad de los hechos que denuncia, aún frente al obstáculo para la persecución penal y castigo del presunto autor derivado de la prescripción operada y correctamente declarada en este acto”.

Detención

El pasado mes de diciembre se concretaron dos allanamientos tanto en el domicilio del acusado en la unidad funcional 5 del Club de Campo Lago de Manzanares como en un departamento de Palermo. En ambos lugares fueron secuestrados celulares, tablets, tarjetas de memoria, computadoras, una cámara de fotos, pendrives, discos externos y dos automóviles, un Audi y un Fiat Toro

Además, en el domicilio de Pilar, la Justicia halló una suerte de zoológico de animales exóticos: una serpiente pitón, un lagarto y un grupo de tortugas. Dada esta situación, de inmediato se dio aviso a la Unidad Funcional de Instrucción N°4 de Pilar, quien ordenó la presencia de la Dirección de Prevención ecológica y Sustancias Peligrosas del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, para el traslado de los animales. Con las pruebas recolectadas, el hombre quedó detenido.

El caso quedó en manos del Juzgado Criminal y Correccional N°48 a cargo del Dr. Sánchez Sarmiento. Junto a la División Investigaciones de Organizaciones Criminales de la Policía de la Ciudad.

Víctimas

La investigación comenzó en julio pasado, después de la denuncia presentada por una de las víctimas en la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual de Niñas y Niños de la Procuración General de la Nación.

Entre los años 2001 y 2006 el docente trabajó en un colegio de Palermo, donde cumplió funciones como profesor de arte de clases extracurriculares. También participaba de campamentos y otras actividades.

En la actualidad, las víctimas tienen 33 y 36 años y una de ellas, tal como consta en el expediente judicial, comenzó a sufrir los abusos cuando tenía entre diez y once años en el aula donde concurría a las clases de arte. El sospechoso le manoseó los genitales y le dio un beso en el cuello.

Mientras que otra de las víctimas fue abusada durante cuatro años, desde 2002 hasta 2006, hasta que el adolescente decidió cambiarse de colegio. Tal como se desprende del expediente, los ataques sexuales no solo ocurrieron en la institución educativa sino también en campamentos que se hacían en Villa Gesell.

“El imputado generó un vínculo de confianza, paridad y de amistad. Le brindó atención especial al niño por sobre los demás alumnos y, en ese contexto, realizaba juegos de fuerza y peleas, en los que ocurrieron los primeros tocamientos, en las partes íntimas del menor. A través de manipulaciones, lo convenció al niño de que esas eran prácticas normales y que no contara a nadie lo sucedido. Después logró doblegar su voluntad para que lo tocara”, describió Sánchez Sarmiento cuando indagó al docente.

Según el expediente judicial, “los episodios comenzaron a ocurrir con mayor frecuencia y fuera del ámbito escolar. En efecto, el imputado le indicaba que tenía regalos, los cuales debían ser retirados en ubicaciones específicas. Una vez allí, para entregárselo, le exigía que estuviera sin ropa”.

La tercera víctima, en tanto, fue abusada sexualmente cuando cursaba el cuarto año del secundario. “El imputado aprovechó la mayoría de edad, su lugar de referente, su relación alumno-profesor y un vínculo como de amistad. Finalizada la educación secundaria, el damnificado y el sospechoso comenzaron una relación de pareja”, según se indicó en la causa judicial.

Tras sostener el procesamiento con prisión preventiva, el juez Sánchez Sarmiento precisó: “Tampoco dejo de observar que las tres víctimas presentan similitudes físicas, que me hacen pensar que J. G. tenía un prototipo de víctima predilecta. En esta senda, debo destacar también las similares personalidades que presentan los damnificados: eran adolescentes un tanto tímidos, algo retraídos, que escapaban del conflicto. Tanta mella ha hecho el agresor en sus víctimas que estas, recién años después, han podido develar lo ocurrido”.

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