Ante las puertas de un posible fin de semana largo, debido al puente del viernes 2 de mayo, existen dudas acerca de la naturaleza de la fecha y si, efectivamente, se trata de un feriado.
El Gobierno lo declaró día no laborable con fines turísticos y cada empleador definirá si se trabaja. Cómo impacta en colegios, bancos y administración pública.
Ante las puertas de un posible fin de semana largo, debido al puente del viernes 2 de mayo, existen dudas acerca de la naturaleza de la fecha y si, efectivamente, se trata de un feriado.
Para despejar dudas, es importante aclarar que oficialmente la jornada fue denominada como "día no laborable con fines turísticos", que se diferencia de forma sustancial de un feriado.
En este sentido, la Ley 27399 establece los feriados nacionales y sus condiciones, entre los que se encuentra el Día del Trabajador, que se conmemora el jueves 1° de mayo y es inamovible. Sin embargo, el viernes no tendrá las mismas condiciones de obligatoriedad y "el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja", indica la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 182.
Asimismo, el decreto 1027, publicado en noviembre de 2024 en el Boletín Oficial, fijó tres días no laborables para fomentar el turismo interno. Uno de ellos es el viernes 2 de mayo, denominado "jornada de descanso opcional", por el Ministerio del Interior.
En este escenario, colegios, bancos y oficinas de administración públicas permanecerán cerradas. En el sector privado, la decisión de otorgar o no el día libre a los empleados dependerá de cada empleador. Si éste decide que se desarrolle con normalidad como un día laborable, a diferencia de un feriado, no estará obligado a pagar doble jornada a los trabajadores.
El calendario de 2025 contempla otras dos fechas similares: el viernes 15 de agosto y el viernes 21 de noviembre también fueron declarados días no laborables con fines turísticos.