La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementó un nuevo sistema de autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontados importes "extra" de sus haberes que vayan para obras sociales y empresas de seguros. Además, le puso un tope a los descuentos de las obras sociales.
Lo hizo por medio de la Resolución 970/2024, que establece una nueva operatoria para el "Sistema de Descuentos no Obligatorios que se acuerden con Terceras Entidades".
Esta decisión busca optimizar la gestión de descuentos para los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los jubilados.
La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, aclara cómo se deberán hacer los descuentos de "terceras entidades" y cómo los beneficiarios deberán hacer el trámite para autorizarlo.
¿Cómo es el nuevo sistema de autorizaciones de Anses?
La ANSES avanzó con la autorización digital que deberán hacer los beneficiarios para que les sea descontados importes "extra" de sus haberes que vayan para las obras sociales y también para empresas de seguros.
La resolución responde a la necesidad de adaptar el sistema de descuentos a las nuevas tecnologías. En este sentido, se destaca que los descuentos no son obligatorios y dependerán del consentimiento del beneficiario, que podrá otorgarse de manera virtual o presencial.
"En igual sentido, en caso de vencimiento o pre cancelación de créditos, los tomadores beneficiarios podrán optar por mantener o dar de baja el descuento de cuota social o afiliación con la respectiva Entidad", señalaron.
Tope para los descuentos de afiliaciones sindicales
La medida introduce también un tope para los aumentos sobre los descuentos a las cuotas de afiliación social-sindical o servicios especiales no crediticios que ingresan las Terceras Entidades a través del sistema de descuentos no obligatorios.
El organismo previsional tutelará la incidencia de los descuentos en los haberes y establece un doble tope para los aumentos afiliación/social/sindical, conformado por una actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y por un porcentaje fijo del haber mínimo.