Fin a la puja de los últimos días

Con reglas estrictas, los jardineros podrán ingresar a los countries

Las administraciones deberán informar al Municipio tipo de tareas, la cantidad y la nómina del personal. Será el gobierno quien analice y otorgue las autorizaciones.

Por Redacción Pilar a Diario 25 de marzo de 2020 - 15:04

El Municipio le puso fin al debate sobre la conveniencia o no de que jardineros ingresen a los countries a cumplir sus tareas de corte de pasto y mantenimiento de piletas. Es que publicó ayer en el Boletín Oficial el decreto 2769/20 por el cual autoriza el ingreso de los trabajadores. La lucha contra el dengue es uno de los principales argumentos que aparecen en la resolución firmada por el intendente Federico Achával y su secretario de Gobierno Santiago Laurent, y además dispone una serie de requisitos para que la tarea pueda ser llevada a cabo.

El artículo 1º del decreto crea un “régimen de regulación, administración y permisos para la tarea de desmalezado, jardinería, fumigación, tratamiento de ojos a agua y recolección de residuos domiciliarios”. Alcanza a clubes de campo, barrios cerrados, condominios y centros habitacionales que deberán cumplir una serie de requisitos bastante estrictos.

Es que las administraciones deberán informarle al Municipio “los planes de trabajo”, especificando además la superficie total y cantidad de lotes de la urbanización, la cantidad de personal requerido, la nómina completa de los trabajadores donde además se especifique qué tareas van a cumplir, con nombre, apellido, DNI, domicilio y número de teléfono de los empleados. También habrá que informar un plan de trabajo “que deberá guardar criterios de racionalidad, proporcionalidad y evitar la circulación y aglomeración de personal.

El decreto especifica que todos estos datos deberán ser enviados por correo ([email protected]) y una vez “evaluado y aprobado el plan” presentado por cada administración, se emitirán las autorizaciones indicando las mismas el barrio para el cual se prestará el servicios y los días y horarios en que podrán circular, de acuerdo al cronograma de trabajo que se autorice.

A su vez, las administraciones y consorcios deberán exigir, “sin excepción y previo ingreso, los elementos de seguridad, como barbijos aprobados por ANMAT, antiparras o anteojos reglamentarios y guantes descartables. “No se deberá permitir el ingreso a personal que no cuente con dichos elementos”, especifica el decreto.

Por último, las administraciones y consorcios deberán asumir el deber de vigilancia y el control de cumplimiento de la normativa y serán “responsables” en caso de que no lo hagan, pudiendo ser sancionados”.

En su argumento, el Municipio señala que el decreto nacional menciona los oficios y profesiones exentos del deber de aislamiento pero no se mencionan actividades “necesarias e imprescindibles para la lucha contra la proliferación de otras enfermedades con dengue, zica y chicunguña”.

 

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