Esta semana, la Defensoría del Pueblo de Pilar recordó cuáles son aquellas circunstancias que exceptúan al consumidor de pagar la factura del gas con los nuevos aumentos. Ellas son:
• Si padece enfermedad crónica que signifique uso de calefacción superior al normal.
• Percibir un único ingreso provisional equivalente a un haber mínimo.
• Percibir pensiones no contributivas.
• Ser beneficiario de un plan social.
• Estar afectado a una actividad de índole social, como institutos, centros de recuperación, etc.
• Poseer certificado de discapacidad.
• Tener ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
• Estar exento de pago de ABL o tasas municipales.
• Tener vivienda con características precarias.
• Poseer un local o pequeño comercio anexo.
• Vivienda de hogares múltiples.
• Ser usuario esencial, que necesita sí o sí gas.
Con cumplir al menos una de estas características, ya puede realizarse el trámite en la misma Defensoría del Pueblo, Víctor Vergani esquina Hipólito Yrigoyen, Pilar.




