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Glaciares en la mira: la reforma redefine el control del agua y habilita zonas antes intocables

Diputados aprobó la reforma de la ley de Glaciares en Argentina, que ya tenía media sanción del Senado. Claves para que los cambios y su relevancia.

11 de abril de 2026 - 09:10

La Cámara de Diputados de la Nación en la madrugada de este jueves sancionó la reforma de la Ley de Glaciares en Argentina (Ley 26.639) por 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones tras un debate que se extendió por más de 11 horas. En las afueras del Congreso, organizaciones ambientalistas encabezaron una protesta en contra de la norma. Fue aprobada tras un intenso debate en el Congreso y generó reacciones encontradas.

El proyecto fue impulsado por el Gobierno nacional con el respaldo de gobernadores de provincias cordilleranas, que buscan atraer inversiones a través de un marco regulatorio más flexible. De esta manera, el debate quedó atravesado por el equilibrio entre desarrollo económico y preservación de los recursos naturales.

La reciente reforma marca un punto de inflexión en la gestión de los recursos naturales del país. La normativa original, sancionada en 2010, establecía una protección amplia sobre todos los glaciares y los periglaciares, considerados reservas estratégicas de agua dulce. Sin embargo, los cambios aprobados en 2026 modifican sustancialmente ese enfoque.

Uno de los ejes centrales de la reforma es la limitación de la protección únicamente a aquellos glaciares que cumplan una “función hídrica efectiva”. Esta redefinición reduce el universo de áreas alcanzadas por la ley y abre la puerta a nuevas actividades en zonas previamente restringidas. Y desprotege a más de 7 millones de argentinos que dependen del agua dulce que proviene de los periglariares.

En paralelo, la reforma otorga mayor protagonismo a las provincias, que ahora tendrán la potestad de determinar qué glaciares deben ser protegidos y qué actividades pueden desarrollarse en sus territorios. Este cambio, refuerza el federalismo, pero también plantea interrogantes sobre la uniformidad de los criterios ambientales en todo el país.

Los diputados oficialistas y de las provincias cordilleranas celebran. (Clarín).

Con la reforma, se autoriza a las provincias a realizar actividades mineras e hidrocarburíferas en zonas periglaciares que no sean proveedoras de agua para la recarga de cuencas hidrográficas. Allí aparece uno de los puntos más sensibles de la discusión.

Otro punto clave es la flexibilización de las prohibiciones. Actividades como la minería y la explotación de recursos naturales, antes vetadas en zonas glaciares y periglaciares, podrían autorizarse bajo determinadas condiciones y evaluaciones de impacto ambiental.

Además, se redefine el concepto de ambiente periglacial, reduciendo su alcance y, en consecuencia, la superficie protegida. A su vez, organismos técnicos como el Inventario Nacional de Glaciares pasan a tener un rol menos determinante en la toma de decisiones. La tarea seguirá a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), que deberá actualizarlo al menos cada cinco años con datos sobre ubicación, superficie y estado de conservación.

La reforma podría abrir cuestionamientos judiciales. Quienes defendieron la modificación sostienen que busca destrabar proyectos mineros y ordenar la normativa con mayor participación provincial. Del otro lado, organizaciones ambientalistas y sectores científicos advirtieron sobre el impacto que podría tener sobre cuencas hídricas y reservas estratégicas de agua.

El nuevo texto, además, podría abrir cuestionamientos judiciales por la tensión entre el artículo 124 de la Constitución Nacional, que r econoce el dominio provincial sobre los recursos naturales, y el artículo 41, que fija la obligación de la Nación de dictar normas de presupuestos mínimos de protección ambiental.

Afuera del Congreso hubo protestas contra la reforma. (Clarín).

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