El Gobierno restringirá el acceso al dólar ahorro a un nuevo grupo. Ahora, se trata de todos los trabajadores públicos y privados que accedan al bono de $60.000 a pagar en dos cuotas con un tope de salario de $400.000.
La pista la dio este miércoles la ministra de trabajo, Kelly Olmos, al afirmar que el que cobra el bono queda por fuera de la compra de dólar oficial. "Efectivamente no queremos que esto vaya a la brecha, queremos que vaya al consumo. El que cobra el bono queda afuera del mercado de cambios".
El titular de la CNV confirmó que no se prohibirá la compra de dólar MEP pero si el Gobierno lo hará con el dólar que se accede a través del home banking.
Hoy al dólar ahorro acceden en torno a los 800 mil personas según da cuenta el último informe "Evolución del Balance Cambiario" que publica el Banco Central. Mensualmente, el organismo pierde mes a mes en torno a los u$s160 y u$s170 millones por compras de billetes para atesoramiento.
Dólar ahorro: ¿Quiénes no pueden comprar dólares?
- No contar con capacidad económica suficiente para operar en el mercado de cambios -según los parámetros establecidos por la propia entidad con la que operás-.
- Exceder el cupo total mensual de u$s200.
- Exceder el cupo mensual de u$s100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior.
- Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable).
- Haber recibido beneficios ATP -para personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido-.Tener en cuenta que, si el empleador/a obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto. Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades. Podés verificar tu situación en la Central de deudores.
- Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de US$ 200 o mayor al cupo. Tener en cuenta que al superar el cupo no se podrá acceder a la compra de moneda extranjera hasta que trascurran los meses para compensar el cupo mensual u$s200.
- Tener refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito, “Refinanciación por Comunicación A6964” o “Refinanciación por Comunicación A7095”.
- Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
- Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la ANSES).
- Haber recibido subsidios del PAMI.
- Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios.
- Haber realizado operaciones con títulos valores (Comunicación A7001).
- No tener dado de alta número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).