Con el nuevo piso de Ganancias

Más trabajadores podrán acceder a las asignaciones familiares de Anses

Con el nuevo piso de Ganancias, más trabajadores podrán acceder al salario familiar del sistema CUNA (ex SUAF). Todo los detalles a continuación.

13 de septiembre de 2023 - 14:38

El Gobierno igualó el tope de ingresos mensuales de los trabajadores que tienen hijos que cobran el salario familiar de sistema CUNA (ex SUAF), que paga la ANSES. Con el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias que desde octubre será $1.700.000, más empleados en relación de dependencia accederán al beneficio.

Las escalas que determinan el monto a cobrar serán oficializadas por la ANSES en los próximos días. La Asignación Familiar por Hijo es uno de los beneficios que ofrece ANSES para trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, autónomos, jubilados y pensionados.

SUAF de ANSES: cuánto se cobra desde septiembre 2023

Con la última actualización de septiembre en el tope de ingresos y el aumento trimestral, las asignaciones familiares por hijo son las siguientes:

Ingresos de hasta $264.703: recibirán $17.093 por hijo.

Ingresos de entre $264.703,01 y $388.216: cobrarán $11.528.

Ingresos entre $388.216,01 y $448.209: percibirán $6971.

Entre $448.209,01 y $1.012.460: obtendrá un beneficio de $3594.

En el caso de los contribuyentes del Monotributo, el monto a cobrar por las asignaciones familiares por hijo varían según la categoría:

Categorías A, B y C: $17.093.

Categoría D y E: $11.528.

Categorías F, G y H: $3594.

SUAF ANSES: por qué no me acreditaron el pago

La ANSES recuerda que se pueden suspender los pagos del salario familiar. Estos son:

  • Se venció el plazo de cobro.
  • El titular no tiene actualizados los datos personales en ANSES ni de los vínculos familiares.
  • Se requiere cambiar el lugar o la forma de cobro.

Quiénes pueden acceder a las asignaciones familiares de ANSES

Las asignaciones familiares corresponden a:

  • Trabajadores en relación de dependencia e incluyen personas que cobren a través de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
  • Monotributistas.
  • Trabajadoras de temporada.
  • Trabajadores rurales.
  • Personas que cobren la prestación por desempleo.
  • Veteranos de Guerra.
  • Titulares de jubilaciones y pensiones.
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar