La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los plazos y el plan de facilidades de pagos para que las empresas puedan adherirse al régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). La medida fue formalizada este jueves a través de la resolución general 5862, publicada en el Boletín Oficial.
El PER permite a los empleadores del sector privado regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 y que continúen vigentes al momento de iniciar el trámite.
La regularización de las relaciones laborales y la adhesión a los beneficios podrán realizarse desde el 16 de junio hasta el 28 de noviembre.
Cómo adherir al régimen de promoción del empleo registrado ante ARCA
Las empresas deberán regularizar la situación de los trabajadores no registrados y rectificar las relaciones laborales registradas de forma deficiente. Esto incluye los casos en que se haya declarado una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración menor a la abonada.
El trámite se realizará a través del servicio “Simplificación Registral” e identificarlos con los siguientes “Códigos de Modalidades de Contratación”:
- Código 704 - Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Micro y Pequeñas Empresas. Entidades sin fines de lucro.
- Código 705 - Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Medianas Empresas Tramo 1 y 2.
- Código 706 - Regularización personal no registrado. Art. 169 - Ley 27.802. Demás empleadores.
Cuando se haya declarado una remuneración inferior a la real, el empleador deberá informar la diferencia ante ARCA para regularizar los aportes y contribuciones a la seguridad social.
“En ambos casos, los empleadores deberán presentar, por los períodos fiscales que se regularicen, las declaraciones juradas -originales o rectificativas- determinativas y nominativas de las obligaciones con destino a la seguridad social que se encuentren vencidas hasta el último día”, sostuvo el organismo.
Cómo son los planes de pagos de ARCA para regularizar trabajadores
ARCA instrumentó, mediante la resolución 5832, el plan de hasta 72 cuotas para regularizar trabajadores. El monto mínimo de cada cuota y del pago a cuenta será de $50.000.
Los sujetos alcanzados por la norma son pymes, entidades sin fines de lucro y otros empleadores. La adhesión podrá realizarse a partir del 16 de junio.
La cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos. La tasa de interés mensual será de 1%.
- Pymes y entidades sin fines de lucro: podrán acceder a planes de hasta 72 cuotas con un pago a cuenta del 3%.
- Medianas empresas (tramo 1 y 2): 48 cuotas con un pago a cuenta de 4%.
- Resto de los empleadores: pueden adherir hasta 36 cuotas y porcentaje de pago a cuenta es de 5%.
También existe la opción de abonar la deuda al contado que permitirá acceder a una reducción adicional del 50% sobre el saldo restante.
Desde ARCA explicaron que “el pago a cuenta se calculará sobre el total de la deuda consolidada” y que “las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas”.
“La regularización de las relaciones laborales deberá efectuarse hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive, y podrá alcanzar las obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026, inclusive”, aclaró el organismo recaudador.