FALLO

Los docentes volverán a pagar Impuesto a las Ganancias

La justicia revirtió una medida cautelar que suspendía el cobro. Las retenciones comenzarán a aplicarse desde diciembre. Quiénes pagan.

8 de noviembre de 2025 - 18:22

Así lo determinó un fallo de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, que revirtió una medida cautelar que dejaba a los maestros afuera del tributo.

La resolución establece que “se reanudará la aplicación de dichas retenciones a partir de los haberes correspondientes al mes de noviembre de 2025, los cuales serán percibidos en diciembre, sólo en aquellos casos que resulten alcanzados por el impuesto por superar los mínimos establecidos por ley”.

“Las retenciones serán efectuadas conforme a lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo II de la Resolución General (Afip) Nº 4003/17, aplicando el tope del 35% sobre las remuneraciones brutas mensuales. En caso de existir un saldo de impuesto a retener que supere dicho límite, el mismo será diferido para su ajuste en la liquidación anual a realizarse en abril de 2026”, se indicó.

Los ingresos mínimos que activan Ganancias son:

  • Soltero sin hijos: Ingreso neto $2.360.180 – Bruto $2.843.590
  • Casado con dos hijos: Ingreso neto $3.129.967 – Bruto $3.771.045
  • Soltero con un hijo: Ingreso neto $2.553.451 – Bruto $3.076.447

En agosto del año pasado, la jueza Mirta González Burbridge, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 13 de Capital Federal, había ordenado al gobierno de Javier Milei “suspender preventivamente la aplicación” del impuesto para el personal afiliado a CTERA.

El Gobierno de Javier Milei apeló aquella decisión y ahora la Cámara de Apelaciones revocó el fallo, estableciendo que los docentes con ingresos superiores a los mínimos legales retomarán el pago del Impuesto a las Ganancias.

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