La Cámara Federal de La Plata declaró hoy la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que autorizaron aumentos en la tarifa de gas, y ordenó retrotraer la situación a la fecha previa a puesta en práctica de esas medidas.
La Justicia frenó el tarifazo del gas
En el fallo, al que tuvo acceso Télam, los jueces César Alvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin declararon nulas las resoluciones 28 y 31 del ministerio de Energía "por no haber sido precedidas de audiencias públicas”.
La amplitud de la medida es objeto de discusión, debido a que entidades de consumidores sostienen que el fallo comprende a todo el país debido a que objeta la validez de las resoluciones de la cartera nacional, mientras que fuentes del sector lo limitan a la provincia de Buenos Aires.
El tribunal de segunda se pronunció de esta forma sobre una apelación presentada contra un fallo de primera instancia dispuesto por el juez federal de La Plata Alberto Recondo, quien había ordenado al Estado Nacional convocar a audiencias públicas pero sin suspender la vigencia de los aumentos en las tarifas.
El pronunciamiento del juez de primera instancia fue recurrido ante la Cámara por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS); el Estado nacional y la asociación Consumidores Argentinos, y la Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores.
Los camaristas consideraron que mas allá del argumento esgrimido por el Estado Nacional en torno a que es posible el ajuste tarifario sin que se hayan realizado audiencia públicas, "corresponde examinar si la normativa impugnada en autos se adecua a pautas de razonabilidad”.
"Limitar la realización de audiencias públicas para cuestiones permanentes implica transformar a todo el sistema de participación consagrado en la constitución y las leyes en una mera formalidad cuya utilidad tiende a disminuir para quienes deben pagar las tarifas”, consignaron los magistrados.