Confirman que nunca se aplicó la ordenanza que multa a los padres
Juez. Sebastián Zamarripa, nunca recibió un acta contra el padre de un menor.
El Juez de Faltas, Sebastián Zamarripa, confirmó a El Diario que nunca se aplicó una multa responsabilizando a padres por el comportamiento de sus hijos.
El letrado explicó que jamás llegó a su despacho un acta labrada por haber encontrado a un menor infringiendo la ley contravencional e inculpando a sus progenitores.
Esa será la respuesta que el juez de Faltas les dará a los concejales del bloque oficialista, que aseguraron que enviarán un pedido de informe a su juzgado para saber cómo se está cumpliendo dicha ordenanza que prevé multar a los padres de los menores que circulen en estado de ebriedad o provoquen desmanes en la vía pública.
El día después de que la presidenta del bloque zuccarista, Liliana Alfaya, explicara: “a raíz de las últimas peleas que hubo, y las próximas fiestas de egresados, queremos hacer un pedido de informe al juez Sebastián Zamarripa para que nos diga qué es lo que ocurrió con la ordenanza, qué resultados tuvo, si hubo algún caso de aplicación efectiva y cómo fue, para poder tener una estadística de su funcionamiento”.
La edil indicó que el pedido se trataría en comisión el próximo martes, para ser aprobado en la próxima sesión ordinaria que tendrá lugar el jueves posterior.
Pero la respuesta sobre las sanciones en la ordenanza aprobada a fines del 2010, será más escueta que el expediente del pedido, ya que Zamarripa aseguró: “no saqué ninguna sanción, porque no se labró ningún acta, yo saco sanciones a medida que me pasan actas de infracción y no recibí ninguna por ese motivo”
Al mismo tiempo y ante la pregunta acerca de a qué área debería realizarle el pedido de informe, el juez contestó: “los concejales hacen el pedido de informe a quién ellos quieran, en todo caso yo les contestaré que no me entraron actas de in -fracción por esa ordenanza”.
En tanto, el letrado remarcó que si existen actas y multas sobre infracciones cometidas por los boliches: “se aplican sanciones por infracciones de los boliches, sobre todo por el incumplimiento del horario de cierre y reciben multas”.
Pero sobre los menores señaló: “por presencia de menores, no recuerdo que se hayan labrado actas”.
Interpretación
Por su parte, el titular de la Secretaría de Seguridad Juan Carlos Losada, señaló que desde su área se le da intervención a la Justicia de Menores a través de la policía.
“Es muy complejo cómo se tratan los casos con menores y las herramientas que se aplican en la calle son las más lógicas”, señaló Losada.
El funcionario aseguró que cuando se detecta a un menor en la vía pública, dan intervención a la policía para que el chico sea trasladado a la comisaría y desde allí intervenga la Justicia de Menores.
“La ordenanza es una herramienta más y está bien, pero no necesariamente se debe aplicar, ya que si se le da intervención a la policía, no se puede armar dos causas por un mismo delito”, explicó Losada.
En tanto, el secretario de Seguridad, remarcó que el procedimiento que se debe llevar adelante si se encuentra a un menor en un boliche, es el de clausurar el local y abrir una causa contra el bolichero.
El funcionario, se mostró reacio a castigar al padre por el accionar de sus hijos, aunque no criticó la ordenanza, sino que aseguró: “todo sirve y cuando más herramientas haya es mucho mejor”.
Por su parte, fuentes oficiales, remarcaron que la aplicación de la ordenanza contravencional de menores, sería competencia de la Dirección de Inspecciones.
Sanciones
Qué dice la normativa
La ordenanza fue aprobada por unanimidad a fines de 2010, luego de varios meses de reuniones con referentes de diversos sectores sociales, entre los que estuvieron, policías, funcionarios, los jueces de Falta y Paz e incluso el juez de Garantías de Pilar, Nicolás Ceballos.
La medida incorporó duras multas para los padres, ya que las sanciones van desde los 2.400 a los 8 mil pesos. Mientras que en caso de que los multados sean los empresarios de la noche, por la permanencia de menores en sus locales, los montos van desde los 8 mil pesos, hasta los 40 mil.
Esta reforma de la ordenanza contravencional, establece que en caso de que los infractores sean menores de edad “la fuerza pública que colabore en la verificación de los hechos quedará facultada para trasladarlo compulsivamente a su domicilio” y de esa manera su padre o tutor recibe las sanciones, que además de lo económico, pueden ser canjeada por hasta 20 horas de trabajos comunitarios o hasta tres días de arresto.