Presentan proyecto para regular la instalación de antenas

La Defensoría del Pueblo propone crear un Registro Municipal de Antenas. Busca reforzar los controles. Se endurecerían los requisitos para lograr una habilitación.

8 de septiembre de 2010 - 00:00

La instalación y mantenimiento de antenas en las diversas localidades del distrito es una problemática que en los últimos años ha tenido una gran cantidad de capítulos, entre protestas vecinales y excepciones dictadas por el Concejo Deliberante. En medio de esta puja, las estructuras continúan multiplicándose.

Para ampliar y perfeccionar las normas vigentes en la materia, este martes desde la Defensoría del Pueblo de Pilar se ha presentado un proyecto de ordenanza en el HCD, propuesta que realiza un recorrido exhaustivo por las cuestiones relacionadas con el tema.

 La actuación 1645/2010, iniciada de oficio por la institución, está caratulada “Defensoría del Pueblo Del Pilar s/ Proyecto de Ordenanza para el Registro e instalación de Torres Autosopotadas y Antenas en el Partido Del Pilar”, y reglamentaría la instalación y el funcionamiento de las estructuras existentes y a instalarse en el Partido Del Pilar, debido a que la legislación vigente -la Ordenanza 94/98- da un marco de referencia a sus localizaciones, pero no cuenta con reglamentación.

“Es necesario contar con la normativa que haga al control de las instalaciones, con el objeto de que dichos emprendimientos respondan a ciertos criterios de seguridad para los vecinos del distrito”, expresaron en la entidad comandada por Orlando Bargaglio. El proyecto contempla la regulación del registro, localización, emplazamiento, factibilidad, habilitación, instalación, mantenimiento y desmantelamiento de antenas, soportes de antenas y equipos e instalaciones complementarias, destinadas a la transmisión de datos, comunicaciones, telefonía celular y prestaciones de servicios por radiofrecuencia.

Para tal fin, el texto solicita la creación de un Registro Municipal de Antenas (REMUAN), “en el que deberán inscribirse todos los titulares de las instalaciones o del servicio a prestar”. Además, los titulares de instalaciones existentes o de servicios en prestación “deberán inscribirse en el REMUAN y cumplimentar lo establecido en la presente ordenanza en un  plazo máximo de 180  días corridos respectivamente, a partir de la creación del Registro. No siendo cumplido el mismo, se ordenará el inmediato desmantelamiento de las antenas existentes”.

Mañana, el informe completo en El Diario Regional.

 

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