Apelaron el sobreseimiento de madre e hija por el crimen de las 185 puñaladas

El hecho ocurrió en José C. Paz. El juez consideró que la pareja de la mujer ejercía "extrema violencia" de género y familiar. Pero para la fiscalía "no hay justificativo alguno" para eximirlas de la responsabilidad penal. Pide juicio oral.

Por Redacción Pilar a Diario 4 de junio de 2021 - 11:33

La fiscalía apeló el sobreseimiento de una mujer que mató de 185 puñaladas a su esposo en marzo de 2019 en José C. Paz, por estar inmersa en “un contexto de extrema violencia" y a su hija, por actuar en legítima defensa de terceros”, al considerar que el juez no valoró correctamente la prueba, no escuchó a las víctimas y no dio oportunidad de ventilar el caso en un juicio oral.

La apelación y el pedido de que se revoquen los sobreseimientos de Paola Elvira Córdoba y su hija, Paula Milagros Naiaretti, fue presentada por la fiscal Silvia Bazzani González, de la Unidad Funcional de Instrucción 23 descentralizada de Malvinas Argentinas, ante la resolución del juez de Garantías 4 del Departamento Judicial de San Martín, Alberto Ramón Brizuela, tomada a fines de mayo último.

De acuerdo a lo informado por al agencia Télam, en su fallo de 132 páginas el juez consideró que del “contenido de las declaraciones de las imputadas, se desprende -concordantemente- un contexto de extrema violencia física, psicológica, económica, simbólica y sexual ejercida por parte de Alberto Elvio Naiaretti sustancialmente contra la imputada Córdoba, pero también contra todo el grupo familiar, lo que encuadraría como violencia doméstica”.

El magistrado tuvo en cuenta además que a pesar de que Córdoba “denunció más de una vez" a Naiaretti por distintos hechos de violencia "no obtuvo una respuesta acorde por parte del Estado" y "se encontró envuelta en una dinámica sin salida”.

A raíz de ello, Brizuela fundamentó el sobreseimiento de la mayor de las víctimas en el "estado de necesidad disculpante", que "neutraliza la posibilidad de reproche" y consideró que "la culpabilidad de la autora es nula al haber actuado para preservar su vida y la de sus hijos”.

Por este motivo, sobreseyó a Córdoba del delito de “homicidio calificado por el vínculo y ensañamiento”, y a su hija por entender que se trató de una “legítima defensa de terceros”, ya que la joven advirtió el peligro que su madre corría a manos de su padre.

Pero para la fiscal de la causa, la resolución de Brizuela de cerrar el caso vulnera "las garantías constitucionales de legalidad y debido proceso" de la parte acusadora, al considerar que si bien las imputadas vivían situaciones de violencia de género y violencia familiar no hay "justificativo alguno" para escindirlas de la responsabilidad penal.

Concretamente, la fiscal Bazzani objetó en su apelación, a la que accedió esta agencia, la existencia de "una valoración errónea de la prueba" por parte del juez.

Además cuestionó que "las víctimas no fueron escuchadas antes del dictado de dicha resolución" y que "no se respetó el sistema acusatorio, cerrando de manera definitiva la causa e impidiendo que esta parte acusadora someta el caso a un debate oral y público con jurado".

Madre e hija se encontraban en libertad desde marzo de 2019, cuando la Cámara de Apelaciones de San Martín excarceló a Córdoba al considerar que tanto ella como su familia se encontraban "sometidas a una sistemática violencia de toda índole" por parte del fallecido, cuatro días después de que su hija fuera liberada a pedido del mismo juez Brizuela.

Naiaretti fue hallado asesinado el 9 de marzo en su casa de la calle 18 de Octubre 889 de José C. Paz, y su esposa e hija quedaron detenidas por el crimen y luego confesaron ante la justicia haberlo asesinado porque hacía años eran víctimas de violencia intrafamiliar.

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