La Agencia Nacional de Seguridad Vial dispuso que a partir del 9 de octubre será obligatorio el alta del seguro para el patentamiento de motos en el Registro de la Propiedad Automotor, según destacó la Asociación Argentina de Motovehículos (Mottos) en una comunicación a las 700 concesionarias asociadas a la entidad.
Con la exigencia expuesta a partir del 9 de octubre “se excluye la responsabilidad del concesionario en la emisión del permiso de circulación que se emite en el momento del patentamiento”, explicó Mottos.
La medida se implementará a través de la emisión del Formulario Digital FD de Alta de Seguro para las motos 0 kilómetro, que pasa a ser obligatorio para realizar el patentamiento.
La Asociación dio cuenta de la decisión tomada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial en conjunto con la Dirección Nacional del Registro Automotor, en relación a la disposición ANSV 544/2021 y la comunicación oficial de hoy.
“Ya hemos comunicado a nuestros más de 700 Asociados, todos ellos concesionarios oficiales”, expresó Mottos al señalar que "toda acción que tienda a mejorar la Seguridad Vial, proteger a los usuarios y al público en general, es bienvenida para alcanzar un sector cada vez más formal, organizado y seguro”.
A partir de ahora, al dar de alta una póliza de seguros y el formulario digital de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el permiso de circulación queda validado por esa autoridad de aplicación.