El Gobierno habilitó a los kioscos y puestos de diarios a ofrecer el servicio de casilla de correo, previa inscripción como operadores postales en el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). Lo hizo a través del Decreto 629/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial y, de manera simultánea, se dispuso la disolución del Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas.
Los puestos de diarios ahora podrán prestar servicio de correo
La medida publicada en el Boletín Oficial disuelve el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas.
Qué servicios podrán ofrecer los kioscos de revistas
Con esta decisión, los kioscos de revistas quedan autorizados a realizar envíos de correspondencia general, entregar productos adquiridos en plataformas de comercio electrónico, almacenar documentación, tarjetas de débito y crédito, así como DNI y pasaportes.
El Poder Ejecutivo también derogó el Decreto 1025/2000, que regulaba la venta y distribución de diarios y revistas en espacios públicos y había creado el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores, ahora suprimido por considerarse “innecesario y obsoleto”.
“Ese marco normativo resultaba limitante para quienes participan de la actividad, generaba restricciones y ya no respondía a la realidad del sector”, argumentó la resolución.