La Cámara Federal de San Martín confirmó este miércoles que el gobierno de Javier Milei debe poner en marcha la Universidad de Pilar, que fue creada por un ley aprobada en el final del gobierno de Alberto Fernández.
La Cámara Federal de San Martín sostuvo que no basta una decisión de Capital Humano para frenar la puesta en funcionamiento de una alta casa de estudios que fue creada por ley.
La Cámara Federal de San Martín confirmó este miércoles que el gobierno de Javier Milei debe poner en marcha la Universidad de Pilar, que fue creada por un ley aprobada en el final del gobierno de Alberto Fernández.
El fallo de esta mañana -firmado por los camaristas Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández- ratificó una sentencia anterior del juez de primera instancia Adrián González Charvay, que había declarado inconstitucional la decisión del Ministerio de Capital Humano de suspender la aplicación de la ley de creación de la universidad. La resolución de la cartera de Sandra Pettovello dispuso la “revisión de creación e inicio de actividades académicas de nuevas instituciones universitarias nacionales”.
El objetivo de esa decisión de Capital Humano fue -según se enunció- “determinar si el procedimiento administrativo exigido por la Ley de Educación Superior para crear nuevas universidades fue debidamente cumplido” y “si las condiciones allí establecidas fueron realmente satisfechas”.
La Cámara recordó en su fallo que el 12 de octubre de 2023 fue publicada en el Boletín Oficial la ley 27.728 que creó la Universidad Nacional de Pilar; que el 10 de noviembre de 2023 se designó como rectora organizadora de esa universidad a Elizabeth Diana Wanger y que el 19 de noviembre de 2023 se firmó el convenio de comodato entre la Municipalidad de Pilar y la Universidad Nacional de Pilar para el funcionamiento de su sede en el predio del Instituto Carlos Pellegrini, “permitiendo contar con las instalaciones para comenzar con las actividades académicas, instalar las oficinas administrativas, las aulas y los espacios para realizar los concursos de docentes”.
El fallo de este miércoles también consignó que el 5 de diciembre de 2023 “la Secretaría de Políticas Universitarias asignó y transfirió a la Universidad Nacional de Pilar la suma de $400.000.000″ para solventar los gastos de la puesta en marcha de la universidad.
En su fallo de este miércoles, la Cámara advirtió: “Las instituciones universitarias nacionales son personas jurídicas de derecho público, que solo pueden crearse por ley de la Nación, con previsión del crédito presupuestario correspondiente y en base a un estudio de factibilidad que avale la iniciativa. El cese de tales instituciones se hará también por ley. Tanto la creación como el cierre requerirán informe previo del Consejo Interuniversitario Nacional”.
Tras la ley de creación de la universidad, “se llevó a cabo todo un procedimiento administrativo -constituido por diferentes pasos- para la puesta en funcionamiento de la casa de estudios, habiéndose dictado al efecto distintos actos administrativos que, como tales, fueron debidamente notificados, produjeron efectos y generaron derechos subjetivos en sus destinatarios”, recordó la Cámara.
Por eso, dijeron los camaristas, un mero acto administrativo no basta para frenar la puesta en marcha de la universidad. Eso requería un trámite judicial.
Con estos fundamentos, Salas, Morán y Fernández resolvieron “desestimar el recurso de la demandada [el Gobierno] y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada”, en alusión a la decisión del juez que declaró inconstitucional la decisión de Capital Humano contra la puesta en funcionamiento de la Universidad de Pilar.