1. Las actividades deportivas individuales se podrán realizar solo de lunes a viernes, de modo de evitar las aglomeraciones de los fines de semana en los clubes y polideportivos.
1. Las actividades deportivas individuales se podrán realizar solo de lunes a viernes, de modo de evitar las aglomeraciones de los fines de semana en los clubes y polideportivos.
2. Las actividades deportivas individuales se podrán practicar al aire libre, pero no en espacios cerrados.
3. Solo se podrán realizar actividades deportivas individuales de modo amateur junto a profesores/as e instructores/as.
4. Solo para el caso del deporte federado, se podrán realizar entrenamientos y prácticas sin la necesaria presencia de profesores/as, instructores/as y entrenadores/as.
5. Las prácticas deportivas individuales solo se podrán llevar adelante dentro de clubes y polideportivos, respetando el protocolo nacional y los que oportunamente establezca el gobierno provincial.
Durante los próximos días, las actividades deportivas individuales serán oportunamente reglamentadas a través de los correspondientes actos administrativos y puestas en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires.
