La Cámara Federal de La Plata dictó ayer dos fallos que obligan al Gobierno a dar marcha atrás con los tarifazos aplicados tanto en la energía eléctrica como en el gas.
El primero que tiene validez para las áreas concesionadas por Edenor y Edesur en el Conurbano bonaerense, regirá por tres meses. El segundo, que beneficia a los usuarios de gas, tiene vigencia nacional.
Los fallos fueron dictados por los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo Schiffrin. Los magistrados declararon nulas las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía "por no haber sido precedidas de audiencias públicas”.
El tribunal de segunda instancia se pronunció de esta forma sobre una apelación presentada contra un fallo de primera instancia dispuesto por el juez federal de La Plata Alberto Recondo quien había ordenado al Estado Nacional convocar a audiencias públicas pero sin suspender la vigencia de los aumentos en las tarifas.
El pronunciamiento del juez de primera instancia fue recurrido ante la Cámara por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS); el Estado Nacional y la asociación Consumidores Argentinos, y la Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores.
Los camaristas consideraron que más allá del argumento esgrimido por el Estado Nacional en torno a que es posible el ajuste tarifario sin que se hayan realizado audiencias públicas, "corresponde examinar si la normativa impugnada en autos se adecua a pautas de razonabilidad”.
Explicaron que "es preciso destacar el alcance de la decisión sobre los usuarios y ponderar si estamos ante una situación que más allá de la transitoriedad puede definirse como de bajo impacto o si implica una modificación sustancial de la posición de los usuarios, que ocasiona una afectación difícil o imposible de revertir con posterioridad”.
En los fundamentos esgrimidos por el juez César Álvarez, al que adhirieron los otros dos magistrados, se consignó que "la modificación de los precios que deben abonar los usuarios no puede ser soslayada”.
"Limitar la realización de audiencias públicas para cuestiones permanentes implica transformar a todo el sistema de participación consagrado en la Constitución y las leyes en una mera formalidad cuya utilidad tiende a disminuir para quienes deben pagar las tarifas”, consignaron los magistrados.
El dato
Se espera que en los primeros días de la próxima semana, el juez federal de Zárate Campana de a conocer su fallo definitivo sobre el amparo presentado por el Ombudsman local para frenar el tarifazo.