Lanzan campaña de difusión sobre las leyes de Lealtad Comercial

26 de mayo de 2016 - 00:00

La Dirección de Defensa del Consumidor del Municipio  completó la primera etapa de la campaña destinada a concientizar a los comerciantes sobre la Ley de Lealtad Comercial.

El personal del área ya recorrió todos los locales de los centros comerciales del Partido y algunos del centro. Ahora comienza la segunda etapa donde se visitarán los comercios de todas las localidades.
Esta normativa regula distintos aspectos relacionados con el rotulado de mercaderías, control de contenido neto y normas referidas a publicidad, promociones y concursos. También establece requisitos mínimos de seguridad para productos y servicios, modalidades de exhibición de precios e información acerca de las garantías con que son ofrecidos los productos.
Según se informó, los comerciantes se mostraron interesados y se comprometieron a tomar las medidas que correspondan para ajustarse a estos nuevos requerimientos.
Se recuerda a los comerciantes, tanto minoristas o mayoristas, que están obligados a exhibir e informar a los consumidores los precios en lugares visibles. 
Los precios también deben estar exhibidos en las vidrieras por unidad, en forma clara, visible, horizontal y legible, expresado en moneda en curso legal. Deberá ser el de contado en dinero efectivo y corresponderá al importe total que deba abonar el consumidor final. En los casos en que se acepten además otros medios de pago, tal circunstancia deberá indicarse claramente en los lugares de acceso al local. 
Los precios de los servicios, deben mostrarse de forma clara con anterioridad a la utilización o contratación de los mismos.
Cuando se publiciten precios por cualquier medio -gráfico, radial, televisivo, cinematográfico, Internet o cualquier otro- deberá figurar la marca, el modelo, tipo o medida y país de origen del bien. La información deberá estar en caracteres tipográficos legibles. 
Los precios que se exhiban en góndola no pueden ser distintos a los que realmente deba abonar el consumidor final en la caja. 
Quienes ofrezcan directamente al público productos de venta al peso envasados, deberán indicar en sus rótulos, además del precio de la fracción ofrecida, su peso neto y el precio por kilogramo correspondiente. 

El dato
Es importante recordar que según la ley 14.374, “el consumidor no está sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto”. En caso de ofertas, deberá estar el precio anterior. 
 
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