La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en línea con las reformas establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, implementó un nuevo esquema normativo para la facturación en dólares y otras monedas extranjeras.
Todo lo que hay que saber sobre las modificaciones en los regímenes de facturación para operaciones en dólares y otras monedas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en línea con las reformas establecidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, implementó un nuevo esquema normativo para la facturación en dólares y otras monedas extranjeras.
La medida, oficializada a través de la resolución 5616, introduce modificaciones claves en los sistemas de facturación y busca unificar criterios en operaciones realizadas y canceladas en divisas extranjeras. A continuación, explicamos en detalle los puntos esenciales y cómo se implementarán estos cambios.
A partir de enero de 2025, las facturas emitidas en dólares deberán ajustarse al tipo de cambio oficial vendedor informado por el Banco Nación al cierre del día hábil previo a la emisión del comprobante. Esto significa que el monto reflejado en las facturas estará atado a un tipo de cambio específico, con el objetivo de estandarizar las operaciones y evitar discrepancias entre las partes involucradas.
El ajuste en los sistemas de facturación será progresivo, permitiendo que los contribuyentes adapten sus herramientas y procesos de manera ordenada. El cronograma es el siguiente:
Además, a partir de 2025, la ARCA publicará diariamente las monedas extranjeras que registren cotización oficial en el micrositio “Factura Electrónica”. En el caso de monedas que no cuenten con una referencia en el Banco Nación, el emisor de la factura deberá especificar el tipo de cambio utilizado.