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Los salarios de hasta $880.000 no pagarán Ganancias sobre el aguinaldo

El Gobierno formalizó la decisión de que el medio aguinaldo quedará exento del impuesto a las Ganancias para los salarios brutos de hasta $880.000.

16 de junio de 2023 - 14:32

El mismo estableció que para el período fiscal 2023 el monto de la remuneración o del haber bruto exento del gravamen, en los casos del aguinaldo será hasta $880.000 mensuales. Además determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023.

A tales fines, tendrán que confeccionar una liquidación adicional de manera de calcular las mencionadas sumas y proceder a su reintegro, en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por junio y julio de 2023.

Asimismo se fijó que el beneficio derivado de lo dispuesto en el decreto deberá exteriorizarse en los recibos de haberes utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias - Sueldo Anual Complementario 2023”.

El proyecto de decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos de Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $880.000 brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Por qué se devolverá parte del impuesto

¿Por qué, según se anunció, habrá una devolución de parte de lo retenido por Ganancias en lo que va del año? Eso ocurrirá porque los empleadores van descontando mes a mes de los salarios el impuesto correspondiente al aguinaldo, es decir, de manera distribuida a lo largo de todo el año. Eso se decidió años atrás, para evitar los saltos bruscos en el monto del descuento impositivo en los meses de cobro del SAC.

Para lograr ese descuento del impuesto (que, en la práctica, es un anticipo a cargo del trabajador), al momento de liquidar el tributo -en el caso de los ingresos que, según las normas vigentes a ese mes, estén alcanzados por Ganancias- se le suma a la remuneración y a todos los conceptos pagados en el período, una doceava parte del salario. Así, al calcularse el tributo de cada mes ya queda incluido un monto proporcional por el aguinaldo. Ahora, al modificarse la regla que estaba prevista, hay aguinaldos que quedarán al margen del impuesto (cuando se preveía lo contrario) y, por tanto, deberá ser devuelto lo que ya fue descontado en esos casos.

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