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¿Hasta qué monto se puede transferir por billeteras virtuales sin declarar al ARCA?

La ARCA podrá solicitar los datos de aquellos usuarios que realicen compras a través del uso de billeteras virtuales con montos que superen los $400.000.

28 de noviembre de 2024 - 12:46

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podría solicitar información extra a los usuarios que realicen un que realicen compras con montos altos a través del uso de billeteras virtuales como Mercado Pago.

Esta normativa del organismo tributario se estableció para poder fomentar un mejor control de la procedencia de los fondos de los usuarios y asegurarse de fomentar la transparencia del sistema fiscal.

La regla se encuentra vigente desde mayo de 2024 cuando estaba vigente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pero que ahora sostiene la ARCA.

¿Cuánto se puede transferir en billeteras virutales sin declarar?

Se aplica a todos los consumos abonados con tarjetas de débito a nombre del titular de la cuenta y adicionales, con un importe mayor a $ 400.000.

El Régimen de Información explica que "todas las billeteras virtuales deberán informar al organismo estatal los datos personales de todos los individuos que realicen estos movimientos".

La información que deberá entregarse al ARCA: número de cuenta, CVU y cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.

Esta comunicación es responsabilidad del proveedor de la plataforma de pago y se realizará automáticamente sin necesidad de la intervención del individuo.

La última actualización de los montos fue en mayo, cuándo se elevó el monto de $120.000 a $400.000.

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