Operadores inmobiliarios temen que la suba afecte al mercado.
Si bien los desarrolladores locales analizan por estas horas el real impacto que tendría la medida conocida en los últimos días, lo cierto es que a partir de ahora las viviendas de los countries y barrios privados experimentarían un aumento de precio definitivo.
Porque de acuerdo a una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que rige desde el 19 de este mes, las obras de infraestructura complementarias que se realicen dentro de las urbanizaciones cerradas y que afecten directamente a las casas ya no tributarán el 10,5% de IVA como hasta la semana pasada sino que deberán hacer frente a una alícuota del 21%.
Aunque todavía arquitectos y constructores analizan los detalles de la reciente modificación y hasta el momento no se animan a arriesgar una afirmación sobre el impacto que tendría en el mercado la flamante disposición, lo que nadie niega es que la suba impositiva deberá trasladarse a los valores de las viviendas.
Un referente del sector del real estate, que prefirió que se mantenga en reserva su identidad hasta poder interiorizarse mejor de la letra chica de la resolución, sostuvo que el pagar el 21% de IVA por la infraestructura complementaria en los countries en vez de la mitad encarecería mucho el producto final teniendo en cuenta que ya los constructores pagan el 21% por la compra de los materiales y de los insumos.
“Sería una carga impositiva demasiado elevada que los desarrolladores no podrían absorber, con lo cual sin dudas se va a terminar reflejando en el precio que paga el comprador por una vivienda en un country o barrio privado”, sostuvo.
En tanto, otro reconocido productor inmobiliario que dijo desconocer hasta el momento la disposición de la AFIP sostuvo que un alza en el valor de las propiedades ubicadas en urbanizaciones privadas podría retraer aún más ese mercado que hoy ya se encuentra deprimido debido a la falta de crédito a tasas razonables y a la competencia de valores más acomodados que significan los complejos de condominios.
La disposición
El dictamen de la AFIP 28/10, que fue publicado el pasado 19 de julio, especifica que las obras de infraestructura complementarias de barrios cerrados y countries destinadas a viviendas deberán pagar IVA al 21% y no al 10,5% como hasta días atrás.
Esto significa que el establecimiento de redes cloacales, eléctricas, de provisión de agua corriente y la pavimentación de calles será regravado debido a que afecta directamente a las casas en cuestión. La modificación marca una clara diferencia con lo que ocurre con la construcción de edificios urbanos, donde se mantiene la tasa reducida del 10,5%.
Otro punto a tener en cuenta se suscita cuando el comprador adquiere un terreno en un country o barrio cerrado y no una vivienda. En estos casos, no se debe pagar IVA por la tierra. Pero, hasta el momento, la infraestructura se abonaba al 10,5%, tasa establecida por las constructoras que ahora cambió con el nuevo dictamen.
En la mayoría de los barrios cerrados, el valor porcentual atribuido a las obras de infraestructura indispensables a la hora que el adquirente del terreno pueda iniciar la construcción de su vivienda se realizaba al 10,5%.
Sin embargo, en el caso de venta de terrenos donde directamente se ofrece el lote respectivo, la tierra propiamente dicha está excluida del pago de IVA, pero la infraestructura transferida debe gravarse. Ahora, la incógnita que los desarrolladores tienen a partir de la nueva resolución es a qué tasa.
Aumentos
El caso de los fideicomisos
Muchos fideicomisos o empresas constructoras, que luego enajenan estos terrenos, vienen aplicando la tasa reducida del 10,5% a las obras de infraestructura, fundados en que dichos trabajos se realizan sobre lotes en los que los propietarios edificarán su futura vivienda y que constituyen un único desarrollo inmobiliario sin ninguna obra complementaria como centro comercial, canchas de fútbol, escuela o guardería.
Además, los recursos afectados por esos consumidores finales para la realización de los trabajos de infraestructura son administrados por el desarrollador entregando una factura B al consumidor final.
Sin embargo, la AFIP dijo en el dictamen 28/10, publicado el 19 de julio pasado, “que las obras de infraestructura complementarias de barrios destinados a viviendas, no sólo a las construcciones destinadas a un uso social sino también a las redes cloacales, eléctricas, de provisión de agua corriente y la pavimentación de calles, se les debe aplicar la tasa de 21%”.