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EL PILAR QUE VIENE

Tierra y vivienda, la deuda a saldar por el código urbano

Creará un Banco de Tierra y Vivienda y un Registro de Demanda Habitacional. Se financiará con aportes obligatorios de los desarrollos inmobiliarios.
Por Diego Schejtman 8 de abril de 2023 - 17:26

El nuevo Código de Ordenamiento Urbano y Territorial de Pilar (COUTP), que comenzará a debatirse la próxima semana, contempla una serie de herramientas con las que buscará saldar una de las deudas históricas del distrito: la falta de acceso equitativo a la tierra y la vivienda.

En la meca del desarrollo inmobiliario, el sueño de casa propia es una utopía irrealizable para enormes franjas de la población. Para tratar de ponerlo un poco más a mano, el COUTP establece la creación de un Registro de Demanda habitacional y un Banco de Tierras Municipal con el que empezar solucionarla, financiado principalmente -aunque no de manera exclusiva- con los aportes que la Ley de Acceso al Hábitat establece de manera obligatoria para los desarrollos inmobiliarios que beneficiados por acciones del Estado.

Los recursos

Basado en la ley provincial de Acceso Justo al Hábitat, el código regula la percepción de la Contribución sobre las Valorizaciones Inmobiliarias (COVI). Esos aportes serán “de carácter obligatorio y adicional a otras exigencias urbanísticas” para los desarrolladores inmobiliarios, que podrán pagarlos en tierras, en unidades edificadas o bien en dinero en efectivo.

Esos recursos alimentarán el Banco Municipal de Tierras y, cuando sean en dinero, al Fondo de Desarrollo Urbano (FDU).

Este último tiene por objeto financiar, entre otras cosas, la compra y/o expropiación de tierras; la ejecución de planes de loteo social y mejoramiento barrial; la ejecución de espacios verdes y recreativos; la ejecución de redes de infraestructura de servicios básicos en sectores de escasos recursos; la ejecución de equipamiento; la implementación de operatorias de vivienda por esfuerzo propio y ayuda mutua.

Se financiará con fondos provenientes de la venta de lotes municipales; asignaciones presupuestarias anuales; subsidios de entes provinciales, nacionales o internacionales; lo recaudado la COVI; el recobro de las cuotas provenientes de los proyectos que financia el Fondo y otros recursos.

Banco de tierras

El corazón del Fondo de Desarrollo Urbano será el Banco Municipal de Tierras de Pilar, que se creará “a fin de administrar los inmuebles de dominio privado municipal para los objetivos de desarrollo urbano-territorial y hábitat inclusivo”.

El origen de las tierras de las que dispondrá será el siguiente: lotes que integran el patrimonio municipal; donaciones; traspaso de tierras provenientes del Estado nacional y provincial; subastas judiciales en las cuales la municipalidad fuese parte actora; por adquisición directa del Municipio; por acciones judiciales por abandono y expropiación, entre otros.

En tanto, esos inmuebles estarán destinados exclusivamente a: loteos o ejecución de viviendas para la población incluida en el Registro Municipal de Demanda Habitacional; planes de viviendas oficiales, de cooperativas u organizaciones con fines sociales; espacios públicos de recreación y/o deportivos y para equipamientos municipales, sociales, culturales, educacionales, sanitarios, etc. de uso público.

Demanda y suelo vacante

El COUTP incluye, además, una serie de ordenanzas complementarias, entre las que se crean dos registros destinados a perfeccionar las políticas de hábitat: el de Demanda Habitacional y el de Suelo vacante.

El primero “contendrá y sistematizará los datos para el correcto análisis cuantitativo y cualitativo de las carencias habitacionales de la población local y el posterior proceso de ponderación, preselección y determinación de beneficiarios” de los planes para solucionarla.

El segundo inscribirá los inmuebles “que resulten aptos para usos complementarios al urbano” y los clasificará “según su condición de suelo vacante, edificación derruida o paralizada” para determinar el “stock inmobiliario posible de intervenir”.

Todo ese conjunto de normas -junto a otras complementarias- buscan poner en marcha la posibilidad de acceder a la tierra propia y a un techo sobre las cabezas de cientos de familias, imposibilitadas hoy de tan básico derecho.

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TIERRA Y VIVIENDA. Los planes habitacionales son parte del nuevo código.

Plan San Alejo

El nuevo código establece como zona de Uso Exclusivo de una fracción de 9 hectáreas en el barrio San Alejo donde se proyecta la construcción de 182 casas como parte del Plan Federal de Vivienda. Por el momento, es la única reserva del distrito identificada con ese fin.

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