La Corte Suprema de Justicia ordenó ayer que el Estado Nacional, a través del Enargas, explique qué parámetros tuvo en cuenta para arribar al aumento de la tarifa del gas, algo que no implica un pronunciamiento específico sobre el fondo de la cuestión bajo análisis.
La Corte posterga su definición sobre el tarifazo de la energía
Le ordenó al Gobierno que aporte información sobre los mecanismos del aumento. Pero recién resolverá en agosto. Dudas sobre la vigencia de los amparos.
Ante un pedido de "per saltum” (salto de instancia) del Estado nacional, el máximo tribunal requirió, además, que, en el plazo de 10 días, informe si se ha considerado el establecimiento de bandas tarifarias según los ingresos del usuario y de los demás miembros del grupo familiar con el que cohabita.
La Corte está decidiendo en diez días hábiles, por lo que teniendo en cuenta la inminente feria judicial de invierno, se estaría expidiendo en agosto sobre el tema.
La Corte también pidió información sobre "si se establecieron bandas tarifarias o segmentaciones según la distancia en relación con los centros de distribución y, en su caso, explique los fundamentos que justificarían esas modificaciones”.
El Estado nacional pidió el "salto de instancia” ante medidas cautelares dictadas en el marco de una "acción declarativa de inconstitucionalidad” promovida como demandantes por "Ciudadanos del Sur de la Provincia de Mendoza”.
La Corte, "sin abrir juicio sobre la concurrencia de los requisitos que condicionan la admisibilidad del recurso” del Estado nacional, dispuso una serie de medidas que consideró "apropiadas” para definir el planteo.
Si la Corte hubiese declarado "admisible” al "per saltum”, las cautelares dictadas en contra de aumentos del precio del gas "quedarían automáticamente suspendidas”, afirmó un integrante del máximo tribunal, aunque aclaró que esto ocurriría "sólo en el caso que llegó a esa instancia”.
La demanda de "Ciudadanos del sur de Mendoza” obtuvo una medida cautelar que solo rige para ese ámbito, mientras que la Cámara Federal de La Plata otorgó alcance nacional a un fallo que declaró la nulidad de los aumentos por incumplimiento de la falta de "audiencia pública”.
Ese requisito es interpretado como el derivado del principio constitucional que garantiza el derecho a una información "adecuada y veraz” al usuario.
Según fuentes judiciales, como el máximo tribunal no tiene un "caso” concreto en el que pronunciarse sobre la validez del incremento en las tarifas del gas, ordenó los informes al Estado y a varios tribunales de distintas jurisdicciones para que le indiquen el estado actual de las causas que tramitan.
A la vez, el gobierno apeló el fallo de la Cámara Federal de La Plata que declaró la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería de la Nación que autorizaron aumentos en la tarifa de gas y ordenó retrotraer la situación a la fecha previa a la puesta en práctica de esas medidas.
Una fuente judicial explicó a Télam que hoy ingresó a la Cámara el recurso extraordinario federal por el que el gobierno apela el fallo emitido el jueves pasado.
El vocero detalló que ahora, los integrantes de la Cámara deben resolver sobre la admisibilidad del recurso y de declararlo procedente deberán remitir las actuaciones también a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El dato
El defensor del Pueblo, Juan Pablo Trovatelli, volverá hoy al tribunal Federal de Zárate Campana para notificarse de los amparos dictados contra los tarifazos en Pilar. Ambos seguirían vigentes.
Tomás Pérez Bodria (@tbodria)
#TarifazoDeGas. La Corte no se pronunció y rige el fallo de la cámara federal que ordenó no pagar ningún aumento. El
400 x 100 no se aplica.