El fallo que condenó a 22 años de prisión a Brian Montenegro (22) por el crimen de su expareja es cuanto menos polémico: los jueces no vieron "violencia de género" en el hecho de que el joven asesinara a puñaladas a Débora Díaz, sino que lo condenaron por "emoción violencia".
No obstante, la Fiscalía anticipó que va a apelar en busca de una condena perpetua, y lo mismo haría la familia de la víctima.
A pesar de que, antes del crimen, Montenegro ya había sido denunciado por maltratos y tenía una orden de restricción, insólitamente dos de los tres jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro no consideraron que se haya tradado de un femicidio.
El tribunal estuvo compuesto por los
jueces Federico Guillermo Ecke, Osvaldo Rossi y Julio San Martín. Un
vocero judicial precisó a la agencia Télam que San Martín votó en disidencia con sus pares, que dieron por probado el estado de
emoción violenta de Montenegro al momento de cometer el crimen.
La
fiscal Carolina Carballido Calatayud había solicitado en su alegato que se le
aplicara la pena máxima del Código Penal por "homicidio doblemente agravado por
el vínculo y por violencia de género”, además de "desobediencia”, ya que el
joven violó la restricción perimetral que la Justicia le había impuesto para
que no se acercara a su mujer, quien lo había denunciado.
"La
violencia de género estaba acreditada -dijo la fiscal-. Débora había sido golpeada varias veces,
se había separado, había una prohibición de acercamiento y un expediente en la
Justicia de Familia donde un psicólogo dijo que era víctima de violencia
doméstica y que estaba en alto riesgo”, agregó.
Además, afirmó que "salvo en una réplica del alegato, en ningún momento del
juicio se habló de emoción violenta y tampoco se reveló ningún hecho que en ese
momento le haya hecho perder los frenos inhibitorios”.
"La
defensa sólo había planteado que había que bajarle la pena porque era un chico
joven”, recordó la titular de la fiscalía especializada en Violencia de Género
de Pilar.