Confirman sentencias por el caso Matías Berardi

Son cinco condenados a perpetua y otros cinco con penas de entre 18 y 24 años. Se ordenó un nuevo juicio a la única imputada que fue absuelta en primera instancia.
 

20 de octubre de 2015 - 00:00

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas por el secuestro y asesinato del adolescente Matías Berardi, cometido en 2010 cuando éste regresaba de un baile a su casa de Ingeniero Maschwitz, y ordenó realizar un nuevo juicio oral a la única imputada que resultó absuelta en primera instancia.

La decisión unánime de la sala III del máximo tribunal penal del país, integrada por los camaristas Mariano Borinsky, Liliana Catucci y Eduardo Riggi, recayó sobre cinco condenados a prisión perpetua y otros cinco que recibieron penas de entre 18 y 24 años de cárcel.
Casación confirmó las perpetuas al herrero Richard Souto (48), Néstor Maidana (27), Damián Sack (28), Gabriel Figueroa (29) y Gonzalo Álvarez (36); y las sentencias a 24 años para Ana Moyano (43), 17 para Jennifer Souto Moyano (23), 19 para Celeste Moyano (31), 21 para Federico Maidana (32) y 18 para Elias Vivas (20).
Mientras que los camaristas ordenaron realizar un nuevo juicio oral para Alexia Souto Moyano (19), quien había sido absuelta en abril de 2013 por el Tribunal Oral Federal (TOF) 3 de San Martín, y que este segundo debate esté a cargo de otros jueces.
Esta chica es una de las hijas de la familia encabezada por Richard Souto y Ana Moyano, dueños del inmueble de la localidad bonaerense de Benavídez, donde había un galpón en el que funcionaba un taller de herrería y en el que fue retenida y oculta la víctima.
“Estamos totalmente conformes con la condena y también con la orden de hacer un nuevo debate para Alexia Souto Moyano, siempre dijimos que estuvo en el lugar del hecho”, explicó a Télam el abogado de la familia Berardi, Eduardo Durañona.
El letrado había apelado la absolución por considerar que la chica no se encontraba en el colegio en el momento del hecho como argumentó su defensa.
Para la camarista Catucci, el tribunal de primera instancia “no ha dado razón suficiente para la exclusión” de las declaraciones indagatorias de tres de los acusados y de una testimonial, “de las que se desprende que el día del secuestro A. Y. S. (por Alexia) estuvo en su domicilio de la calle Sarmiento y Patricios, el que habitaba junto a sus padres y hermana”, y desde el que se podía ver lo que ocurría en el taller, situado en la parte delantera del terreno. 
En su voto, al que se adhirieron Riggi y Borinsky, Catucci rechazó todos los recursos planteados por los defensores, entre ellos, la nulidad del testimonio de Andrea Celeste Soverón Quintana, quien al momento del hecho era menor de edad y pareja de Álvarez; y de la declaración del testigo de identidad reservada -luego revelada en el debate oral- Jorge López.
Para la Cámara, los dichos de la chica son válidos ya que no se comprobó que existiese una relación de concubinato con Álvarez que le impidiese legalmente que ella declarase en contra de él, tal como planteó la defensa. 


“Estamos totalmente conformes con la condena y también con la orden de hacer un nuevo debate para Alexia Souto Moyano”. 

EDUARDO DURAÑONA.
 
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