ver más
Atención pilarenses

Elecciones legislativas: así es el trámite para justificar no haber ido a votar

Los pilarenses que por distintas razones no fueron a emitir su voto en estas elecciones pueden justificar su inasistencia para no pagar la multa.

8 de septiembre de 2025 - 12:32

Este domingo se realizaron las elecciones legislativas en Pilar y la provincia de Buenos Aires y quienes no concurrieron a votar por distintos motivos podrán hacer un trámite para evitar pagar las multa. La gestión es esencial para quienes estén en el rango de los 18 y los 70 años.

Entre los que no participaron de los comicios, las razones son variadas, desde ciudadanos que se abstuvieron al voto en modo de protesta, hasta quienes no llegaron a votar a su domicilio de origen porque están viviendo lejos o por cuestiones laborales. Para algunos de estos casos es que existe la posibilidad de pedir la justificación legal para evitar pagar una irrisoria multa.

En este marco, quienes no quieran aparecer en el Registro de Infractores por haber faltado a votar en su centro de votación designado en el padrón deberán asistir a la comisaría más próxima a su casa para solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.

Al igual que en cada elección, para evitar la multa y otras sanciones correspondientes el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral (CNE).

¿De cuánto es la multa por no participar de las elecciones?

De acuerdo al artículo 4 de la Ley Electoral de la provincia, las personas que quedan exentas de la obligación de sufragar en las elecciones son las siguientes:

Las sanciones por no votar

Quienes no hayan asistido a las urnas y no justifiquen su ausencia ante las autoridades electorales no pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección y, además, les corresponde una multa.

Al igual que la Ley nacional, en la Provincia se dispone que la multa es de entre $50 y $500. En caso de que el elector no la pague, no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.

Sin embargo, además de que quedaron desactualizadas en cuanto a su monto, el Estado no intima a los infractores a pagar las multas.

Temas
Seguí leyendo

Dejá tu comentario

Te Puede Interesar