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SE SANCIONÓ

Habrá multas de hasta 400 mil pesos por acoso callejero

Se votó ayer en Diputados. Protege de agresiones por género, identidad u orientación sexual. Rige en Provincia.
Por Redacción Pilar a Diario 26 de octubre de 2018 - 00:00

La cámara de Diputados de Provincia de Buenos Aires convirtió en ley ayer a una iniciativa para penar con multas el acoso callejero.
El proyecto fue el resultado de la unificación de dos proyectos de las diputadas Marisol Merquel y Anahí Bilbao. 
La propuesta propone modificar el Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires y tiene como objeto sancionar, prevenir y erradicar el acoso sexual callejero. 
La iniciativa promueve la realización de campañas que visibilicen la problemática y asimismo prevé multas a quienes cometan acoso en la vía pública.
 La vicepresidenta de la HCD, Marisol Merquel comentó que “fue muy importante el debate en comisiones, la puesta en común de ambos proyectos, que apuntan a igualar derechos y que también trascienden a los partidos políticos, porque tienen que ver con lo que diariamente nos pasa a las mujeres y que durante últimos años logramos desnaturalizar”.   
 En tanto, la diputada Anahí Bilbao dijo que “estamos felices con la aprobación de esta iniciativa, porque brindamos un instrumento para proteger a las mujeres y para que seamos más libres”. Y agregó: “Este proyecto permite que cuando una mujer se sienta incómoda ante cualquier acto que tenga implícito una connotación sexual podrá ser denunciada y el acosador tendrá que responder a esta contravención”.
La ley prevé sanciones económicas de hasta 400 mil pesos para aquellas personas que cometan acoso sexual callejero.
En su artículo segundo, la norma establece como “Acoso Sexual Callejero” a las conductas “físicas o verbales de naturaleza o connotación sexual, basadas en el género, identidad y/u orientación sexual, realizadas por una o más personas en contra de otra u otras, quienes no desean o rechazan estas conductas en tanto afectan su dignidad”.
Asimismo dispone sanciones: “Será reprimido con multa entre el quince (15) y el cuarenta (40) por ciento del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, siempre que el hecho no constituya delito, el que acosare, en espacios públicos o de acceso público, a una persona por motivos basados en el género,  identidad  y/u  orientación sexual de la persona agredida”. 

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