Desde ayer, rige la resolución nacional que obliga a los comercios de todo el país a mostrar en sus vidrieras los precios de los productos de manera diferenciada, si la compra se realiza al contado o en cuotas.
Precios: muy pocos comercios cumplen con la diferenciación
Desde ayer, las vidrieras deben distinguir el costo de los productos al contado y en cuotas. Habrá fuertes multas para quienes incumplan. Los controles deberá hacerlos el Municipio.
La denominada "transparencia de precios” que establece multas importantes contra quienes no acaten la normativa, se cumplió a cuenta gotas en Pilar en su primer día de validez.
Desde las cámaras de comercio del distrito aseguraron que enviaron la resolución a todos los locales de cada una de las localidades, para que estén informados sobre las reglas que deben cumplir.
Ayer, El Diario realizó una recorrida por las vidrieras céntricas y de algunos paseos de compras y fueron muy pocos los comercios que comenzaron a mostrar los carteles con precios divididos con el costo de contado y el que el cliente paga pretende financiación.
"No nos comunicaron nada, lo vi en la tele pero a nosotros no nos dijeron que teníamos que poner carteles nuevos. Sí sabemos que cambian las condiciones de ventas con tarjetas”, aseguró un vendedor de electrodomésticos en una de las cadenas ubicadas en el centro de Pilar.
Por su parte, Analía, en uno de los pequeños comercios que están en la galería de la terminal de colectivos, aseguró que vende con tarjeta y que si bien tiene recargo, no sabe cómo se adaptará a la nueva normativa.
"Yo trabajo como siempre y la verdad que no pensé en ponerle cartelitos con precios distintos a toda la mercadería”, aseguró la comerciante.
Siguiendo con el relevamiento, El Diario vio, incluso, cómo todavía ayer, muchos comercios aún cuentan con carteles de cuotas sin intereses y hasta tienen precios de contado o con tarjeta y el precio final es el mismo.
¿Qué dice la normativa?
En su artículo 1, la resolución asegura que los comerciantes no pueden diferenciar los precios de contado con los que se realicen con tarjeta de débito o crédito en un solo pago.
Mientras que cambia el artículo 4 de la Resolución Nº 7 de junio de 2002, señalando que desde ahora, cuando los precios se exhiban financiados, deben expresar claramente el valor total, que incluya "el anticipo, si lo hubiere, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, la tasa de interés efectiva anual aplicada y el costo financiero total”.
Mientras que el mismo artículo prohíbe utilizar la palabra "sin interés” en la promoción de productos o servicios, "cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado al precio de venta al consumidor”, remarcando que se entenderá de esa manera cuando se realice un descuento en la compra al contado. La reglamentación, coloca a las entidades financieras y tarjetas de créditos, como responsables junto a los comerciantes en la financiación de las promociones y precios en cuotas.
Y advierte en su artículo 5, que el incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será sancionado conforme lo previsto en las leyes 22.802 o 24.240, según corresponda. Lo que implica multas que podrían alcanzar cifras muy altas.