Como se lo anunció en marzo cuando el proyecto se reglamentó con fuerza de ordenanza, el próximo 1º de septiembre entrará en vigencia la obligatoriedad de que todas las empresas y comercios con atención al público cuenten con un libro de quejas, agradecimientos, sugerencias y reclamos.
La medida comenzó a ser notificada en los últimos horas, en el marco de un importante trabajo de promoción para que la fecha no encuentre desprevenidos a comerciantes y empresarios. Se está trabajando con la entrega de folletería en mano, junto a las tasas locales y el tema también será subido al blog del Organismo Municipal de Defensa del Consumidor y a la página web del Municipio.
La tenencia del libro de quejas será obligatoria para todos los comercios y empresas con atención al público, que deberán informar la existencia de ese elemento a través de un cartel de, al menos, 30 por 20 centímetros.
Para recepcionar las inquietudes del consumidor, se utilizará un libro contable o de actas que deberá ser sellado y foliado en todas sus hojas. “Allí se deja constancia de la fecha de inicio y a partir de ese momento queda en poder del comercio o empresa para ser usado”, explicó Sergio Bivort, el titular del organismo local de Defensa del Consumidor. “El sellado del libro tiene un costo administrativo municipal que no es significativo y con ese trámite es suficiente”, agregó.
“El libro debe ser entregado al cliente ante la simple requisitoria y la ordenanza dispone que en caso de que el consumidor interpele al comerciante o empresario a dar una respuesta, éstos deben contestar en cinco días hábiles”, indicó Bivort en el programa Código Plaza (FM Plaza).
La queja o el reclamo deben hacerse de puño y letra indicando nombre, apellido, DNI, domicilio y teléfono y se podrá designar a un tercero para representarlo en el reclamo. En ese caso, el proveedor está obligado a entregar una constancia escrita de haber recepcionado el reclamo. “El cliente también puede hacer la queja en otro momento, haciendo un escrito previamente elaborado, volviendo al local y poniéndolo en el libro”, amplió el funcionario.
El proveedor que no tenga el libro o no lo tenga visado, el que lo niegue al consumidor, el que altere su foliado o el que niegue la entrega de la constancia de reclamo, recibirá una multa “sujeta a cualquier infracción que se le impone a comerciantes y empresarios derivada de la Ley de Defensa del Consumidor”, cerró Bivort.
Desde el 1º septiembre será obligatorio el libro de quejas
Todos los comercios y empresas con atención al público deberán contar con un libro para recibir reclamos y sugerencias. Ante una demanda, se deberá responder en 5 días.
los días que restan para la entrada en vigencia de la ordenanza que obliga a comercios y empresas a contar con un libro de quejas.