La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió un procedimiento alternativo para la liquidación anual del tributo que busca simplificar el cumplimiento fiscal, mediante información precargada y controles automáticos. Un formato que reduce instancias operativas y centraliza la carga de información en sus propios sistemas, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Ley de Inocencia Fiscal.
ARCA presentó un nuevo esquema para el Impuesto a las Ganancias
Conocé los lineamientos de la normativa y el alcance del decreto de ARCA de acuerdo a los parametros establecidos por la Ley de Inocencia Fiscal.
La modificación quedó formalizada a través de la Resolución General 5820, que reemplaza el esquema anterior dispuesto por la ex AFIP. El nuevo procedimiento toma como base los datos disponibles en registros oficiales y en información suministrada por terceros, los cuales son puestos a disposición del contribuyente para su revisión antes de la validación final.
Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias
El régimen está orientado a personas y sucesiones indivisas que cumplan determinadas condiciones patrimoniales y de ingresos. Bajo esta modalidad, el sistema genera una liquidación preliminar que puede ser aceptada o ajustada por el contribuyente, antes de su presentación definitiva ante la autoridad fiscal.
La reglamentación acerca los movimientos de acuerdo a lo dispuesto por el decreto y redefine el alcance del régimen para los períodos fiscales 2025 y siguientes. El objetivo es evitar la mayor cantidad de errores posibles y mejorar el nivel de cumplimiento a partir de procesos estandarizados, con menor intervención manual en cada paso.
ARCA: requisitos para adherir al régimen
La adhesión esta sujeta a una validación previa por parte del organismo recaudador. En este proceso ARCA realiza verificaciones automáticas sobre la situación fiscal del contribuyente al cierre del año calendario anterior, y toma como referencia los parámetros establecidos en la Ley 27.799.
El trámite de adhesión se realiza a través del servicio Sistema Registral, en la sección Ganancias PH Simplificada, y puede efectuarse desde el primer día hábil del período fiscal hasta el vencimiento general de la declaración. La permanencia debe ratificarse de manera anual y el desistimiento puede solicitarse antes de la presentación.
Condiciones para optar por la DDJJ Simplificada
- Residencia fiscal en la Argentina.
- Ingresos y bienes totales dentro de los límites previstos por la Ley 27.799 al 31 de diciembre del año previo.
- CUIT activo, sin restricciones administrativas.
- Alta vigente en el gravamen.
- Exclusión del padrón de Grandes Contribuyentes Nacionales en el año inmediato anterior y los dos previos.
- Quienes hayan adherido al régimen anterior deberán convalidar su opción de acuerdo al sistema habilitado desde el 11 de febrero de 2026.