DECRETO DE VIDAL

Provincia y Municipio harán un revalúo de los inmuebles locales

Es el dato clave para calcular los impuestos y tasas que gravan las propiedades. Trabajarán comisiones con representantes del Ejecutivo, el HCD y ARBA.

Por Redacción Pilar a Diario 28 de julio de 2016 - 00:00
A partir del mes que viene, Provincia y Municipio comenzarán a trabajar en un revalúo inmobiliario que actualizará el valor fiscal de todos los inmuebles del distrito.
El trabajo, que se repetirá idéntico en cada uno de los 135 partidos bonaerenses, tiene una importancia fundamental en la economía de los contribuyentes: la valuación fiscal es el factor central para determinar el monto de los impuestos provinciales y las tasas municipales que tributan los inmuebles.
La medida se dio a conocer ayer, con la publicación en el boletín oficial de la Provincia del decreto 790 de la gobernación. 
En su artículo 1º, dispone, "en el marco del artículo 59 y concordantes de la Ley Nº 10.707 y modificatorias, a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), la ejecución del recálculo de valores de la tierra urbana y suburbana libre de mejoras y sus edificios, las mejoras rurales y las plantaciones”.
Pero la normativa establece una novedad: por primera vez, serán los propios municipios los que trabajarán en la determinación de las valuaciones en conjunto con los técnicos que designe ARBA.
El decreto ordena constituir, a partir del 1º de agosto, dos comisiones asesoras en cada municipio, "una a efectos de considerar los valores unitarios básicos de la tierra libre de mejoras de las plantas urbana y suburbana y de sus edificios, y la otra a fin de considerar los valores básicos de las mejoras rurales y las plantaciones”.
Para eso, se requiere "a los Departamentos Ejecutivos y a los Honorables Concejos Deliberantes de cada Municipio, la designación de sus representantes, a efectos de integrar las Comisiones Asesoras respectivas, pudiendo ser elegidas las mismas personas para ambas Comisiones, en tanto resulten idóneas en la materia respectiva”.
La designación de los miembros de las comisiones deberá ser efectivizada y comunicada a ARBA con una antelación no inferior a los quince días corridos desde el 1º de agosto. 
Las comisiones podrán sesionar con un mínimo de dos miembros, "debiendo ser uno de ellos el representante de ARBA, y cumplirán con su cometido dentro del plazo de treinta días corridos”, señala el decreto. 
"Vencido dicho término sin que las Comisiones Asesoras se hubieren expedido en forma fundada y procedente, se considerarán aceptados los valores propuestos por ARBA”, agrega.
Una vez establecidos los nuevos Valores, será ARBA la que determinará cuándo comenzarán a tomarse en cuenta para ser fija la base imponible de los tributos. La fecha no podrá ser anterior al 31 de diciembre próximo.
La valuación fiscal es uno de los elementos clave en la determinación de la tasa de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales (MVPSG). 
Según la ordenanza fiscal vigente, "la base imponible estará constituida por los metros cuadrados de superficie parcelaria y categoría de servicios, valuación municipal (terreno y edificio), destino, vías de acceso, zona y encuadre normativo”.
La valuación municipal será determinada por el área de Catastro Municipal, aunque aclara que "podrá tomarse como base indicativa la valuación fiscal de edificio en vigencia en la Provincia de Buenos Aires”, justamente en la que el Municipio deberá ahora colaborar para actualizar. 

150%
es el tope fijado por el Municipio para aumentar este año las tasas inmobiliarias merced al revalúo de propiedades.

El dato
El Municipio deberá determinar ahora si unifica las valuaciones de inmuebles locales con las de la provincia de Buenos Aires.
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